Polémico fallo sobre el tope salarial constitucional

Adicionales del Tribunal de Cuentas: el Superior Tribunal negó que contradiga la destitución de Ricciutti

15/12/2013
E
l Superior Tribunal de Justicia salió a aclarar en las últimas horas que no existe contradicción entre la destitución por juicio político del ex miembro del Tribunal de Cuentas Claudio Riciutti, y el fallo conocido la semana pasada que convalidó el cobro de adicionales para los actuales miembros del organismo de control.
La controversia se generó porque Ricciutti fue separado del cargo por cobrar esos mismos adicionales en su salario (antigüedad y título) que ahora la Justicia consideró ajustados a derecho.
Sin embargo, el secretario de Superintendencia y Administración de la Corte, Carlos Straticco, consideró que, por un lado, el contador no fue destituido por cobrar los adicionales, sino por no haber presentado una acción declarativa de certeza (como ahora hicieron sus pares) para confirmar si debía percibir esos ítems. Y que, por otra parte, el Superior Tribunal no está facultado para revisar los fundamentos de una destitución por juicio político, y sólo puede analizar si se garantizó el derecho de defensa.
“En principio no es cierto que Ricciutti haya sido destituido por las mismas causales que ahora se reconocen como válidas, es decir porque cobró ítems que no estaba autorizado a cobrar. El fundamento de la destitución es no haber hecho el pedido de la declaración judicial de certeza para ver si podía o no cobrar estos adicionales. Este es el argumento de la destitución, sin abrir juicio acerca de su validez”, aclaró el funcionario judicial.
A su vez, Straticco preció que el STJ “cuando revisa la decisión de la Legislatura, no puede analizar los fundamentos, sino que solamente puede revisar si se cumplieron todas las formas procesales que garantizan el derecho de defensa. Ese es el límite del accionar de la Justicia en estos casos”, ratificó.
En cambio, Ricciutti opinó diferente al secretario de la Corte. Dijo que fue destituido por los dos motivos: por haber cobrado los adicionales y por no haber presentado la declaración de certeza. Y que endilgarle no haber presentado esa acción carece de sentido porque “para una acción de certeza hay que tener un estado de incertidumbre, y nosotros nunca tuvimos dudas, “tanto que cobramos los adicionales durante 17 años sin que nadie lo observara y hasta le consultamos al Fiscal de Estado que nos dio la razón en ese punto”.
Además, el ex integrante del Tribunal de Cuentas consideró que si bien la Corte posee el límite de analizar los aspectos procesales de un juicio político, “por la sustancia del caso debería haber avanzado en descubrir la verdad”.
“Imagínese que me acusan de matar a mi nieto. Me enjuician y me condenan por homicidio. Y en el medio se descubre que mi nieto estaba vivo. Mi nieto sería la sustancia del caso. Por eso me parece que en la búsqueda de la verdad material se podría haber avanzado”, señaló Ricciutti, y agregó que con su determinación, “el Superior Tribunal fue funcional a una parte de la mala política”.
“Le pregunto a cualquiera que no sepa nada de derecho: ¿es razonable que a alguien inocente lo hayan condenado, y que la Justicia diga que no lo puede revisar?, interrogó el ex funcionario, a la vez que volvió a ligar con su destitución a los intereses políticos que “querían evitar la investigación del llamado Convenio Chino”.

El tope en letra muerta

En relación al pronunciamiento del Superior Tribunal que convalidó el cobro de adicionales a los miembros del Tribunal de Cuentas, y por lo tanto los autorizó a ganar más que la gobernadora, quien mostró su descuerdo fue el ex legislador Manuel Raimbault.
Según el letrado, el fallo constituye “la derogación completa del artículo 73 de la Constitución Provincial” que fija como tope salarial para los funcionarios de cualquiera de los tres poderes al sueldo del gobernador.
“Al interpretar que aquellos funcionarios que tienen inamovilidad, no pueden tener tope, están derogando un artículo de la Constitución por la vía de la interpretación, y con eso no se puede coincidir. Si se modifica la Constitución que sea por las vías participativas y democráticas, y no por un fallo judicial”, declaró.
Raimbault remarcó que el tope salarial “fue pensado como una cláusula de moral administrativa”, y ahora la Corte lo deja de lado “sin siquiera citarlo en la sentencia”.
Por su parte Straticco sostuvo que el tope constitucional es “un debate desde hace muchos años”, y que “corresponderá analizar si se puede seguir aplicando o no, en función de las excepciones que se han establecido”.

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