Habían sido aprobados en la última sesión del Parlamento

Ríos dispuso vetar tres proyectos de ley sancionados por la Legislatura

19/12/2013
L
a administración Ríos dispuso vetar tres proyectos de ley que habían sido sancionados por la Legislatura en la sesión del 21 de noviembre. En forma total impugnó una modificación a la ley de marcas y señales, y de manera parcial los de creación del consejo de agrimensores y del consejo de planificación.
La pretensión del Parlamento fueguino de reconocerle a quienes acrediten el reclamo de titularidad de la tierra mediante juicios contenciosos administrativos o de usucapión el derecho al registro de marcas y señales para el ganado mayor y menor de la Provincia, aún cuando ese “derecho en modo alguno genera ni reconoce derecho sobre la propiedad del predio” chocó con la negativa del Poder Ejecutivo que resolvió vetar totalmente la modificación al artículo 71 de la ley marcas y señales que fuera aprobada por la Legislatura en la sesión del pasado 21 de noviembre.
La ley de marcas y señales, sancionada en 1995, determina que “para poder registrar una marca o señal en el Registro Provincial de Marcas y Señales se requiere como condición esencial y previa a todo trámite, acreditar el carácter de propietario u ocupante legal de un inmueble rural o suburbano dedicado a la cría de hacienda, o de titular de un contrato de capitalización o de arrendamiento para el mismo fin. También podrán registrar la marca o señal los dueños de hacienda que realicen contratos de capitalización o de pastoreo. En estos casos deberán presentarse los correspondientes contratos legalizados”, pero contemplando la situación de productores que por ese entonces no tenían regularizada la situación dominial de la tierra en la que desarrollaban su actividad pecuaria, se dispuso en el artículo 71 reconocer la validez de las marcas y señales vigentes al momento de la promulgación de la ley hasta el 31 de diciembre de 1999, tal vez considerando que en 4 años se ordenaría la cuestión de propiedad sobre las tierras rurales.
Como ello no sucedió, periódicamente se fue modificando el mencionado artículo, pero limitándose únicamente a extender la fecha de vencimiento de la validez de las marcas y señales.
En el año 2008, y para evitar que la inscripción en el registro de marcas y señales pretendiera ser utilizado como argumento de reclamo respecto de la titularidad de la tierra, se le agregó al artículo 71 que “la renovación por prórroga de los títulos no genera ningún derecho sobre la propiedad del predio implicado”.
El Poder Ejecutivo también dispuso vetar, pero parcialmente, el proyecto de ley de regulación de la profesión de agrimensura y creación del consejo de agrimensores. En este caso, el cuestionamiento se circunscribe a aquellos artículos que incorporan también dentro de la regulación de esta actividad a Ingenieros Agrimensores y otros profesionales con título universitario con incumbencias profesionales exclusivas para el ejercicio de la Agrimensura. La definición de este tema había generado controversia entre agrimensores e Ingenieros, por cuanto estos últimos consideraban que sus incumbencias profesionales ya estaban claramente delimitadas en la ley provincial que creo el Colegio de Ingenieros.
El tercero de los vetos en cuestión, tal vez el más anunciado, fue el que el Ejecutivo dispuso sobre el artículo 27 del proyecto de ley de creación del Consejo de Planificación, mediante el que la Legislatura había resuelto derogar la norma que daba sustento al Consejo Económico y Social.

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