Malvinas • Resolución de la Corte Suprema

Prescribió la causa por torturas a soldados durante la guerra

13/05/2015
L
a Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó un fallo de 2009 por el que prescribió la acción penal impulsada por un grupo de ex combatientes de Malvinas, para que los abusos sufridos por conscriptos a manos de sus propios oficiales durante el conflicto bélico con Gran Bretaña sean declarados delitos de lesa humanidad.
La agencia de noticias Télam informó que en un escrito de tres carillas la Corte ratificó la sentencia que dictó el pasado 19 de febrero, en la cual confirmaba una decisión de la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que en noviembre de 2009 dictó la prescripción de la acción penal”.
Los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Maqueda y Elena Highton de Nolasco argumentaron en su resolución que “toda vez que dicha sentencia no fue oportunamente recurrida ni por la Fiscalía ni por quienes promovieran la actual revocatoria, quedó firme lo allí decidido”, y que “ello importa un obstáculo insalvable respecto de cualquier posibilidad de revisión de dicho fallo en el futuro”.
Además, mencionaron que “el fallo que declaró la prescripción de la acción penal fue una lisa y llana aplicación de aquélla doctrina, cuyo acierto o error no podía ser actualmente revisado por esta Corte”, por lo que “bajo tales condiciones, este Tribunal se vio impedido de expedirse hasta el momento sobre el fondo”.

Antecedentes

El entonces Procurador General Interino de la Nación, Luis González Warcalde, había revocado un fallo de Casación Penal de 2009, en el marco de la causa abierta contra el subteniente Jorge Eduardo Taranto, iniciada tras 74 denuncias de maltrato durante el conflicto armado de 1982.
El procurador afirmó entonces que los vejámenes sufridos por soldados argentinos, entre ellos el estaqueo, constituían delitos de lesa humanidad y por lo tanto imprescriptibles, por lo que a partir de esa condición debían volver a ser juzgados, en ese caso por la Corte Suprema de Justicia.
Taranto había solicitado el cierre de la causa por considerar que la acción penal había prescripto, pero el pedido fue rechazado por los tribunales de Primera Instancia y la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia, que consideraron que se trataba de crímenes de lesa humanidad y, por ende, imprescriptibles.
En 2009 la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal evaluó que al no afectar a la población civil dichos delitos no eran de lesa humanidad. “Esa categoría exigiría una conexión entre uno o más atentados individuales, por un lado, y una política estatal de ataque generalizado a un sector de la población civil, por otro”, describió entonces Casación.
Entonces la Corte Suprema envió el expediente a dictamen de González Warcalde, quien a su vez entendió que “la tortura y otras formas de trato equivalentes, al violar una prohibición absoluta e inderogable del derecho internacional de los derechos humanos, constituyen tipos de atrocidades explícitamente incluidas en la categoría de crimen de lesa humanidad”.
“Sin perjuicio de lo que se determine en definitiva en el juicio el proceso ha de continuar, por lo que debe revocarse la decisión de sobreseimiento impugnada”, sentenció.
Ahora, el máximo tribunal ratificó su resolución de febrero, por lo que la acción penal impulsada por veteranos de guerra de La Plata finalmente prescribió.

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