A 8 meses de su sanción

Reglamentaron la ley de financiamiento de los hospitales

19/08/2015
L
a ley de financiamiento de las instituciones públicas de salud que fuera tan reclamada por el Ejecutivo al parlamento para poder dotar a los hospitales de la provincia de una herramienta que les garantizara el efectivo recupero de recursos financieros derivados de la prestación de servicios de salud a los denominados terceros pagadores (obras sociales, mutuales, empresas de medicina prepaga) fue finalmente reglamentada por la Administración Ríos a comienzos de este mes.
El pasado martes 8 de agosto,  transcurridos ya unos 8 meses desde que la Legislatura aprobara la mencionada norma y el Ejecutivo la promulgara y publicara, finalmente la Gobernadora y la Ministro de Salud firmaron el decreto 1742, mediante el cual reglamentaron 10 de los 21 artículos de la ley  por la cual se crean los “Fondos de Financiamiento de Instituciones Públicas de Salud”.
Aun cuando la Legislatura había estipulado que el Poder Ejecutivo contaría con un plazo de “60 días” contados  a partir de la publicación de la ley para reglamentar “las determinaciones técnicas y operativas que estime oportunas” y que la Gobernadora reconoce en el decreto 1742 que “la reglamentación se hace indispensable para la implementación de la mencionada herramienta de financiamiento”, al Poder Ejecutivo le demandó cumplir con esa tarea unos 150 días hábiles. Es decir más del doble del tiempo que le había fijado el parlamento.
Si bien el Ejecutivo impulsó con trámite de urgencia la incorporación de un artículo a la ley 1004 que habilitara a que “en caso de contingencia justificada, que comprometa la prestación del servicio, podrán destinarse los recursos provenientes de la administración de los fondos de la presente norma, para cancelar obligaciones en el marco del control posterior de las actuaciones, dentro de las limitaciones que se establezcan en la reglamentación”, que quedó aprobada de hecho a mediados de febrero y fue publicada a fines de ese mes,  resulta evidente que la gestión Ríos excedió con  creces el lapso temporal que la propia ley le había otorgado para la reglamentación.
 Al margen de este incumplimiento formal, resulta llamativo que siendo el propio Ejecutivo quien reconoce que la ley original “establece un sistema de financiamiento de los servicio de salud en la órbita pública, sistematizando los mecanismos tendientes a obtener los recursos necesarios para su funcionamiento, preservando el derecho a la salud y el acceso a los servicios en condiciones adecuadas para todas las personas” y que la modificación propuesta que fuera aprobada de hecho habilitó la instancia de control posterior de los expedientes de compra hospitalaria por parte del Tribunal de Cuentas que “permitirá mejorar los procesos en cuanto a su celeridad para contar con los insumos necesarios en el momento oportuno, sometiendo los mismos al control público bajo responsabilidad de las instituciones una vez resuelta la emergencia”, le haya demandado 8 meses dictar el instrumento indispensable para su plena implementación.
En la sesión del 20 de noviembre del año pasado, al momento de abordarse el proyecto de ley de creación de los “Fondos de Financiamiento de Instituciones Públicas de Salud”, los legisladores de la oposición destacaban que con la sanción de esa norma se daba al Ejecutivo una herramienta que “hará que los hospitales, si realmente hay intención política y de gestión, logren algo que en los últimos años no se ha conseguido, que es tener una administración eficiente” (Arcando); “dándole las herramientas justas y necesarias, porque consideramos que faltan ejecución y gestión” (Andrade); pero también planteaban sus dudas respecto de cómo el Ejecutivo implementaría en la práctica la ley. “Espero estar errado en esta oportunidad y dentro de 60 días o en marzo, una vez que reiniciemos la tarea legislativa, nos encontremos con la agradable sorpresa de que la realidad de la salud en Río Grande, Ushuaia y Tolhuin es otra, producto de que el Ejecutivo provincial tenía la razón y necesitaba esta herramienta” (Blanco).
Desde aquel entonces el Ejecutivo se tomó 8 meses, modificación mediante, para contar con el andamiaje jurídico que entendió garantiza la obtención de “los recursos necesarios” para el servicio de salud pública. Es de esperar entonces que, a partir de ahora, se superen de manera definitiva las falencias de gestión, tanto política como administrativa, que sumieron a los hospitales y centros de salud de Ushuaia y Río Grande y Tolhuin en una situación de desabastecimiento de insumos que en muchos casos fue realmente crítica.

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