Iniciativa de reforma electoral

El Ejecutivo presentó los proyectos sobre voto electrónico y PASO

08/03/2016
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umpliendo con el anuncio formulado por la Gobernadora durante la sesión inaugural del actual período de sesiones, el Poder Ejecutivo presentó ese mismo martes 1 de marzo ante la Legislatura los proyectos de ley de “incorporación de tecnología electrónica en los proceso electorales” y el de “democratización de la  representación política” que establece la realización, en el orden local, de Primarias Abiertas Obligatorias y Simultáneas para la elección “de los candidatos a cargos públicos electivos provinciales, así como también municipales en los supuestos previstos por la presente ley”.
Producto de la protesta de gremios estatales que afectó el funcionamiento de la Legislatura, ambas iniciativas ingresaron recién a la mesa de entradas de la Secretaría Legislativa el lunes de esta semana y tomarán estado en la sesión ordinaria prevista para el jueves 17 del corriente.
El primero de los proyectos habilita la incorporación paulatina de tecnologías informáticas en todas las etapas de los procedimientos electorales a desarrollarse en el territorio provincial, pero específicamente dispone la “incorporación y aplicación de esta tecnología para la emisión del voto, escrutinio de sufragios y transmisión y totalización de resultados electorales, tanto en las elecciones primarias como en elecciones generales”.
La iniciativa determina que “en todos los casos en que se decida la celebración de comicios con incorporación de tecnología” será “requisito obligatorio que el sistema informático utilizado provea de una constancia del voto emitido en soporte papel” que permita comprobar la elección efectuada y sirva a los fines del recuento provisorio y definitivo.
Contempla que la pantalla de la máquina de boleta electrónica pueda prever el método de presentación por cargos a elegir o por agrupaciones políticas participantes, pero respetando el de diferenciación por colores según estamento, y que la boleta deba contener “mínimamente la foto y nombre del candidato o del primer candidato de la lista en caso de que se elija más de uno en esa  categoría; el número de lista, la categoría a elegir y la fuerza política a la que pertenece”.
Estipula que el sistema deba contemplar la opción de voto en blanco y de modificación del voto, de manera ágil y sencilla, de manera previa a la impresión y depósito del voto en la urna.
También establece que las totalidad de autoridades de mesa sean directivos, docentes y personal administrativo que preste tareas en las escuelas públicas de la provincia, y salvo para casos excepcionales contempla la posibilidad de que esa carga pública sea desempeñada por personas que no desempeñen tareas dependientes del Ministerio de Educación.
En lo que hace al proyecto de “democratización de la representación política”, la iniciativa propone la adopción del sistema de elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias para la selección de candidatos a cargos públicos electivos”.
La PASO deberán realizarse con una antelación no menos a 45 días y no mayor a 90 días corridos de la elección general. Los precandidatos propuestos por los partidos políticos, confederaciones y alianzas podrán ser postulados por una sola fuerza política y para una sola categoría, pudiendo participar de la elección general aquellos que hubieran obtenido el 1,5% de los votos válidos emitidos para las categorías de Gobernador y Vice; Intendente; Legisladores y Concejales.
El proyecto del Ejecutivo estipula también que las precandidaturas a Gobernador y Vice deban ser avaladas por un número no inferior al 1 por 1000 del total de inscriptos en la padrón general electoral o por el 1 por 100 del padrón de afiliados de la agrupación, confederación o alianza política que los impulse. Para el caso de las precandidaturas a legisladores eleva ese requisito al doble, en tanto que para las precandidaturas a Intendente y Concejales mantiene el número de avales en el 2 por 1000 del padrón municipal o comunal.
El Ejecutivo propone que la ley de “democratización de la representación política” sea de orden público, de manera tal de ser obligatorias sus disposiciones para los partidos políticos, los que deberán adecuar su cartas orgánicas en un plazo de 90 días contados a partir de la entrada en vigencia de la ley.
Por otra parte, el proyecto también regula la distribución de publicidad electoral gratuita por parte del Poder Ejecutivo en los medios de comunicación audiovisual de propiedad  del estado fueguino entre las agrupaciones políticas que oficialicen precandidaturas para la PASO.

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