Nación analiza reducción gradual del beneficio
Reembolsos por puertos patagónicos

Nación analiza reducción gradual del beneficio

El anunció lo formuló el subsecretario nacional de Puertos en Bahía Blanca. Mencionó que el beneficio que la anterior gestión gubernamental restituyó en 2015 para la terminales portuarias de la Patagonia “quita competitividad” a todos los puertos ubicados al norte del Río Colorado. Las exportaciones realizadas por los puertos de Ushuaia y Río Grande reciben un reembolso del 13 y el 11%, respectivamente. El lunes habrá en Chubut una reunión de representantes de las provincias Patagónicas para evaluar el tema. El ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca, Emiliano Olmedo, dijo que el anuncio generó preocupación por los efectos negativos que tendrá para la región. El funcionario indicó que por problemas de agenda no participará del encuentro.
22/07/2016
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a medida de incentivo a los puertos patagónicos que la anterior gestión presidencial restableció en noviembre de 2015, y por 5 años, está siendo revisada por el Gobierno Nacional con la intención de ir eliminándola de manera gradual, señaló el Subsecretario de Puertos, Jorge Metz, en Bahía Blanca.
El funcionario nacional, según consigna el diario La Nueva en su edición del pasado martes 12 de julio, informó que “en unos 30 días seguramente habrá novedades al respecto” ya que la subsecretaría a su cargo está trabajando sobre el tema junto con los ministerios de la Producción y de Industria.  
Metz sostuvo que las actuales autoridades consideran que se debe “corregir este   procedimiento que le quita competitividad” a los puertos ubicados al norte del Río Colorado.
“La solución no es sencilla porque esta medida implica un beneficio para algunos y eliminarla de raíz no sería inteligente. Se está trabajando y el tema está en manos de la jefatura de Gabinete de Ministros, por lo que esperamos que la solución se dé pronto”, apuntó.
La eliminación del beneficio implicaría que las exportaciones de productos originarios o manufacturados realizadas desde el puerto de Ushuaia o de Río Grande pierdan el reembolso adicional del que gozan en la actualidad, y que es del  13%  y el 11% respectivamente.
El ministro de de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Provincia, Emiliano Olmedo, señaló que la potencial eliminación del beneficio  ha generado “preocupación por el impacto que tendrá para todas las provincias de la región”. Una decisión como la adelantada por el subsecretario de Puertos afectará sustancialmente la actividad de las pesqueras Estremar, San Arawa, Pesantar y Glaciar Pesquera, pero también al propio Estado. Hay que tener en cuenta que para que las empresas accedan al reembolso, la mercadería que exportan debe tener la certificación de origen que emite el Gobierno fueguino, por lo que de desparecer ese beneficio también se verán disminuidos los ingresos que por tal concepto percibe la Provincia.  
Olmedo precisó que el lunes venidero habrá una reunión de ministros en Chubut para analizar el tema, de la que dijo no podrá participar por una cuestión de agenda.  
Por su parte, el gobernador de Chubut, Mario Das Neves, ya adelantó su oposición a esa posibilidad. "Hay una presión muy grande de Mar del Plata y de Bahía Blanca, pero nosotros también tenemos nuestra gente, nuestros legisladores, nuestros gobernadores, tenemos historia y tenemos porqué justificar el tema de los reembolsos patagónicos",  indicó. “Si bajan los reembolsos por puertos patagónicos, por ejemplo, el impacto que puede tener en las pesqueras es mortal", precisó en declaraciones a “El Patagónico” de Comodoro Rivadavia.

Breve repaso histórico

La historia de los reembolsos adicionales por exportaciones realizadas a través de puertos patagónicos comienza en febrero de 1983, cuando Jorge Wehbe, ministro de Economía del gobierno de facto que comandaba Reynaldo Bignone, dictó la resolución ME Nº 88/83 que estableció por el término de un año una serie de reembolsos adicionales para las exportaciones de los productos originarios de la Patagonia que se realizaran desde los puertos comprendidos al sur del Río Colorado.
El beneficio en cuestión alcanzaba un mínimo del 8% para operaciones realizadas a través del puerto de San Antonio Este y un valor máximo del 13% para operaciones realizadas a través del puerto de Ushuaia.
Posteriormente, el 7 diciembre de 1983, mediante la Ley Nº 23.018, sancionada y promulgada en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto del Proceso de Reorganización Nacional, se ratifica la mencionada Resolución 88/83, que además de incorporar al Puerto de San Julián con un reembolso adicional del 11% estableció que los porcentajes de los reembolsos disminuirían un punto porcentual durante el primer año, y que a partir de ese momento se mantendrían en esos niveles por el término de 11 años. A partir del 1º de enero de 1995 el reembolso disminuiría a razón de un punto porcentual por año hasta su total extinción.
Durante 1995, año en que debía comenzar a operar el mecanismo de extinción gradual de los reembolsos, el entonces Senador radical chubutense Solari Yrigoyen impulsó una modificación a la ley 23.018. El proyecto fue aprobado por el Congreso, vetado por el Ejecutivo e insistido por los parlamentarios. La ley 24.490 prorrogó por el término de cinco años, a partir del 1º de enero de 1995, la vigencia del reembolso adicional en los porcentajes vigentes en 1984 y estableció que a partir del 1º de enero de 2000 el reembolso comenzaría a disminuir a razón de un punto porcentual por año hasta su total extinción.
En función del porcentaje de reembolso correspondiente a cada puerto de la Patagonia, el beneficio desapareció en 2006 para los Puertos de San Antonio Este y Madryn; en 2008 en el de Comodoro Rivadavia; en 2010 en los de Deseado y San Julián; en 2011 en Puerto Quilla, Río Gallegos y Río Grande y en 2012 en el Puerto de Ushuaia.
El 2 de noviembre de 2015, la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner dictó el decreto de Necesidad y Urgencia 2229, mediante el que restableció la vigencia “del reembolso adicional a las exportaciones establecido en el artículo 1° de la Ley N°23.018, manteniéndose los niveles de beneficio aplicables desde el 1° de enero de 1984, para todos los puertos y aduanas ubicados al sur del Río Colorado por el término de 5 años a partir de la entrada en vigencia del presente decreto”, por lo que el beneficio caducará automáticamente a fines de 2020.

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