Piden rechazar Decreto Presidencial por violar la Constitución Provincial
Isla de los Estados - Reserva Natural Silvestre

Piden rechazar Decreto Presidencial por violar la Constitución Provincial

La presentación realizada por un particular sostiene que el decreto nacional que creó la Reserva Natural Silvestre Isla de Los Estados y Archipiélago de Año Nuevo colisiona con la Constitución Provincial, la ley de provincialización, la que fijó los límites de la Provincia y la de parques Nacionales. Por tal razón solicita que la Legislatura rechace ese decreto y lo declare violatorio de la carta magna fueguina .
26/08/2016
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a decisión del Gobierno Nacional de crear por decreto la Reserva Natural Silvestre Isla de Los Estados y Archipiélago de Año Nuevo motivó que el Legislador fueguino, mandato cumplido, Adrián De Antueno formalizara una presentación ante el Parlamento Provincial reclamando
se rechace el decreto nacional 929/16 y se declare que esa norma resulta violatoria del artículo 54 de la Constitución Provincial y lesivo de la autonomía de la Provincia de Tierra del Fuego.
La iniciativa, ingresada como asunto de particulares el pasado viernes 19, señala además que el mencionado decreto violenta los “más elementales principios de la forma federal de gobierno”.
El decreto cuestionado indica que en base a la ley nacional 22.351 -de creación de Parques Nacionales, Monumento Natural o Reserva Nacional- y al decreto 453/94, el Ejecutivo Nacional podrá crear Reservas Naturales Silvestres en tierras pertenecientes al dominio del Estado nacional, y en tal entendimiento dispuso afectar a tal fin el territorio conformado por la Isla de Los Estados, la Isla Observatorio,  el Islote Elizalde, la Isla Zeballos, la Isla Goffré, el Islote  Gutiérrez e islotes adyacentes y crear una “Comisión Mixta para la administración conjunta de la Reserva Natural Silvestre Isla de los Estados y Archipiélago de Año Nuevo” conformada “por dos miembros titulares y dos suplentes en representación del Ministerio de Defensda – Armada Argentina- y  2 miembros titulares y 2 suplentes en representación de la Administración Nacional de Parques Naturales”, en invitar a la Provincia “a integrar la Comisión Mixta  mediante la designación adicional de 2 miembros titulares y 2 suplentes”.
En su escrito, De Antueno precisa que la ley 23.775 -de Provincialización de Tierra del Fuego-   
estableció taxativamente el artículo 15 que "pasarán al dominio de la nueva provincia los bienes inmuebles situados dentro de sus límites territoriales que pertenezcan al dominio público o privado de la Nación, con excepción de aquéllos destinados actualmente a un uso o servicio público nacional, y de todo otro cuya reserva se establezca por Lev de la Nación dictada dentro de los tres 3 años de promulgada”, por  lo que la Isla de los Estados e islas adyacentes se encuentra en jurisdicción de la Provincia desde el 26 de abril de 1990. Agrega que la Constitución de la Provincia ratificó taxativamente la pertenencia de la Isla de los Estados a la Provincia, al declararla en su artículo 54 “patrimonio intangible y permanente de todos los fueguinos, Reserva Provincial Ecológica, Histórica y Turística". Precisa que en marco la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente de Tierra del Fuego, por Resolución 536/08, creó la Comisión Asesora de la Reserva Provincial Isla de los Estados -integrada por el Gobierno a través de sus áreas competentes, la Armada Argentina, y el Centro Austral de Investigaciones Científicas, a la que se incorporó la Administración de Parques Nacionales y la Prefectura Naval- cuya función es proveer a la autoridad de aplicación de recomendaciones y sugerencias para la adecuada gestión de la reserva.
Recuerda que si bien el artículo 1 de la ley 23.775 -que establecía los límites de la Provincia – fue vetada por el entonces Presidente Menem, en el 2009 el Congreso de la Nación sancionó la ley 26.552 -promulgada de hecho en diciembre de ese año- mediante la que se incorporó al artículo 1º de la Ley 23.775 el siguiente párrafo: “la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur comprende: la parte oriental de la isla Grande de Tierra del Fuego hasta el límite con la República de Chile, la isla de los Estados, las islas Año Nuevo, las islas Malvinas, la isla Beauchêne, las rocas Cormorán y Negra, las islas Georgias del Sur, las islas Sandwich del Sur, otras islas, islotes y rocas situados en aguas interiores y en el mar territorial generado a partir de dichos territorios de conformidad con lo previsto en la Ley 23.968, incluidas las islas, islotes y rocas situados al sur de la isla Grande de Tierra del Fuego hasta el límite con la República de Chile; los territorios situados en la Antártida Argentina comprendida entre los meridianos 25° Oeste y 74° Oeste y el paralelo 60° Sur, las islas, islotes y rocas situados entre los territorios que comprende la provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.”
En base a estos argumentos técnicos, de Antueno entiendo que “el Decreto 923/16 colisiona jurídicamente con una norma de mayor jerarquía que es la Ley 23.775”, por cuanto el Poder Ejecutivo Nacional “no puede legislar por un Decreto, mucho menos sobre la jurisdicción de una provincia, ya que dicha atribución está conferida por le Constitución Nacional, en el artículo 132, al Congreso de la Nación, que es quien las crea o modifica sus límites con el consentimiento de la Legislatura de las provincias interesadas y del Congreso”. “El Presidente no puede, en ningún caso, bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo y esto es lo que ha ocurrido con el dictado inconstitucional del Decreto 929/16”, agrega.  
Sostiene también que la ley 22.351 -utilizada como sustento legal por el Ejecutivo Nacional para crear la Reserva Natural Silvestre Isla de Los Estados- establece que la declaración de un territorio como Parque Nacional,  Monumento Natural o Reserva Nacional “será hecha por ley” y que “la creación de nuevos Parques Nacionales, Monumentos Naturales o Reservas Nacionales, en territorio de una provincia, sólo podrá disponerse previa cesión de la misma a favor del Estado Nacional, del dominio y jurisdicción sobre el área respectiva”. Extremos estos que no se han cumplido, ya que la creación del Reserva se hizo por decreto y sobre un territorio que es de jurisdicción y domino de la Provincia.
De Antueno señala que esta no es la primera vez que el Gobierno Nacional pretende crear una Reserva Natural en la Isla de los Estados. Recuerda que en 1991 el Senado de la Nación dio media sancionó un proyecto de ley en tal sentido presentado por un senador radical chubutense y que por aquel entonces la Legislatura fueguina expresó su “más enérgica oposición a la creación de una Reserva Nacional en Isla de los Estados”.
Vale recordar que el tema fue abordado en la sesión del 10 de septiembre de 1992 y que el por entonces legislador Demetrio Martinelli (MPF) fundamentó contra ese proyecto, argumentando la iniciativa sustraía “parte del territorio provincial al poder político local”. Sumó su voz el por entonces -y actual- legislador radical Pablo Blanco, quien manifestó que “a pesar de que estamos en conocimiento de que el autor del proyecto de referencia es el Senador Nacional por nuestro partido, por la provincia de Chubut. No obstante eso y fieles a lo que propusimos y votamos en la Constitución Provincial, no nos lleva otra intención que la de apoyar lo dictado, más allá que eso implique estar disconformidad o en discordancia con lo propuesto por un senador de nuestro propio partido”.
Es de tener en cuenta que para que la pretensión esgrimida por De Antueno prospere algún Bloque o Legislador deberá tomar como propio el proyecto.

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