Río Grande: Cambios al Impuesto Automotor en la Tributaria municipal
Modificaciones en el código tributario

Río Grande: Cambios al Impuesto Automotor en la Tributaria municipal

El proyecto que ya tienen en su poder los ediles de Río Grande contempla sustanciales modificaciones en el sistema de cobro de tributos, especialmente en el Impuesto Automotor. En caso de aprobarse el proyecto, habrá escalas para autos de acuerdo a su valuación de mercado, con una alícuota que irá del 2,5 al 3,5 % anual.
08/11/2016
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l Municipio de Río Grande impulsa modificaciones en el formato de cobro del Impuesto Automotor con la implementación de una escala porcentual de acuerdo al valor del rodado, a diferencia del método actual que estipula el mismo porcentual para todos los vehículos.
Las modificaciones forman parte del articulado del Código Tributario que el Municipio de Río Grande envió al Concejo Deliberante para su análisis y supone un cambio radical en el formato de cobro de dicho impuesto, uno de los pilares de la recaudación propia del Ejecutivo.
El artículo 72 del proyecto de Ordenanza 972/2016 hace referencia puntualmente a ese impuesto y reza: “Los vehículos tipificados como automóviles, familiares, rurales, pick-ups, todoterrenos, cupés, casas rodantes, jeeps y similares tributarán un impuesto anual calculado sobre la base de valuación de los mismos” y especifica además las alícuotas a tener en cuenta.
Si el vehículo tiene una valuación de hasta 300 mil pesos, tributará una alícuota sobre el excedente del 2,5 %. A su vez, los automóviles que tengan cotizados su valor entre 300.001 pesos y $ 450.000 tributaran anualmente un 3 %, con un mínimo de $ 7.500 de parte fija. En el escalón más alto de la tabla figuran los autos de alta gama: allí, un vehículo cuyo precio arranque en $ 450.001, tendrá una alícuota del 3,5 % con una parte fija de 12 mil pesos.
La escala varía con respecto al método ce cobro implementado en 2012. Allí, solo se consideraba el 2,5 % de alícuota anual, independientemente de la cotización de mercado del automóvil, y no se estipulaba parte fija.
La normativa conviene además que la Dirección de Rentas municipal confeccionará y publicará como una tabla anual determinando el valor imponible de vehículos para cada marca, modelo y año de fabricación.
La tabla será confeccionada sobre la base de la que suministre la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA) o fuentes de información sobre el mercado automotor, adecuando los valores base a los del mercado local.
En los casos en que no se encuentre incluido en la tabla un valor para un modelo-año determinado se tomará el valor más próximo consignado en la tabla depreciando o incrementando, según corresponda, un porcentaje del 10 % por cada año.
Cuando no se encuentre el valor del vehículo en la tabla y se trate de un vehículo 0 km, se procederá a tomar como base imponible el valor que figure en la respectiva factura de adquisición. Además, el impuesto mínimo anual se establece en $ 1.000.

Más cambios

Otros cambios sustanciales sufrirán las escalas que encuadran a los camiones, camionetas de carga, furgones y similares, trailers, acoplados, semi remolques y similares, colectivos, casillas rodantes sin autopropulsión, cuatriciclos, triciclos y similares.
La diferencia se basa que en la Tarifaria anterior, se estipulaban montos fijos en pesos y para este nuevo proyecto, el Municipio de Río Grande prevé su cobro en Unidades Fiscales, que la misma normativa fija en $ 10.
Por ejemplo, un camión de hasta 1.200 kilogramos en su primer año de patentamiento pagaba $ 473,10 y en la nueva Tarifaria pasará a pagar $ 1.720 mientras que un camión de más de 20 mil kilogramos, que antes tributaba $4.471,65, en caso de aprobarse el proyecto deberá tributar $ 11.180 de forma anual.

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