La jueza Maiztegui Marcó informó que tenía prohibición para manejar
Violación de libertad condicional

La jueza Maiztegui Marcó informó que tenía prohibición para manejar

La Jueza de Ejecución de Condena informó anoche a “el diario Del Fin Del Mundo” que Emiliano Ortiz “tenía una prohibición expresa” de conducir cualquier tipo de vehículos teniendo en cuenta que la condena implicaba una inhabilitación para conducir. Sin dar mayores detalles, la Magistrada sí dijo que ante lo sucedido “tengo que analizar si revoco o no su libertad condicional”.
06/07/2017
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a jueza Felicitas Maiztegui Marcó, titular del Juzgado de Ejecución de sentencia, informó anoche a “el diario Del Fin Del Mundo” que Emiliano Gabriel Ortiz, “tenía una prohibición expresa para conducir” y que era un requisito que “se le había dejado expresamente claro al momento de acceder a su libertad condicional”.
La Magistrada sostuvo que “he tomado conocimiento por información que me proporcionó la Policía de que fue detenido en el centro” y explicó que en principio fue aprehendido “en una causa por flagrancia que le inició la fiscalía”. No obstante explicó que “por un lado va la flagrancia” y por otro “deberé analizar su conducta por incumplir la prohibición que tenía para conducir”.
No obstante la Jueza evitó adelantar cualquier tipo de opinión al respecto dado que deberá expedirse sobre si le revoca o no la libertad condicional.
La Policía detuvo ayer a Emiliano Gabriel Ortíz cuando conducía un auto con vidrios polarizados e inclusive efectivos policiales tuvieron que cruzarle un auto con el propósito de detenerlo.

Antecedentes de una tragedia provocada

El condenado Emiliano Gabriel Ortiz atropelló con su auto, a una pareja el 3 de julio de de 2008, mientras corría una picada contra otro rodado por la calle 12 de Octubre al 500.
Ortiz manejaba un Fiat Premio modificado mecánicamente cuando atropelló esa noche Vanina Jessica Espíndola (17) en momentos que cruzaba la calle junto a su novio a Jonatan Fabián Ángel (19). Ortiz transitó más de diez cuadras con el cuerpo de Espíndola debajo de su auto hasta que lo abandonó en la calle Los Zorzales al 1500, en el barrio Andino de la ciudad de Ushuaia.
La policía encontró el auto con el cuerpo debajo y transcurridas algunas horas el desaprensivo conductor se entregó voluntariamente en una comisaría.  
En marzo de 2009 el Tribunal de Juicio lo condenó a la pena de 12 años de prisión y 10 años de inhabilitación para conducir. Hace algunos meses, en base a su buena conducta y antecedentes en el ámbito de encierro, se le otorgó la libertad condicional, bajo estrictas normas de conducta. Parece que la buena conducta sólo la mantuvo en la cárcel.  

Un total desprecio la vida

Otra mancha y que demuestra que Ortiz mantiene un total desprecio por la vida, es que al momento de atropellar y matar a Espíndola, en 2008, estaba inhabilitado y tenía un largo historia de infracciones de tránsito.
En ese momento y no bien se produjo su detención, el Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Ushuaia había inhabilitado el 26 de marzo de 2008 a Ortiz para conducir vehículos automotores por violar inhabilitaciones anteriores, falta de cédula verde, falta de revisión técnica obligatoria y falta de seguro del automotor.
En el considerando de la resolución, la Jueza de Faltas de ese entonces mencionaba que Ortiz registraba antecedentes contravencionales de 2006, lo que había motivado una inhabilitación de 8 meses. Ello además de dos causas de 2007 en las que también había violado la inhabilitación impuesta judicialmente por 16 y 32 meses respectivamente.
En 2008 la Jueza de Faltas había dicho para fundar la inhabilitación: “debido a que no han logrado encauzar su conducta transgresora y al reincide en su conducta evidenciando un total desprecio por el cumplimiento de la normativa local, ameritan agravar la penalidad”.

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