Fondo Solidario de Emergencia Previsional

El Ejecutivo elevó a 47 mil el tope salarial para los activos

El nuevo límite salarial a partir del cual se aplica el adicional denominado "Compensación Fondo Solidario Ley Provincial N° 1068" rige para la liquidación de los haberes correspondientes del mes de septiembre. Es la cuarta vez desde de la sanción de la ley de emergencia que el Ejecutivo eleva el monto salarial alcanzado por el adicional.
10/10/2017
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os empleados públicos dependientes del Poder Ejecutivo cuyos haberes netos no superen los 47 mil pesos mensuales comenzaron a percibir desde la liquidación de los salarios correspondientes al mes de septiembre el adicional “Compensación Fondo Solidario Ley Provincial N° 1068”, que consiste en el pago de una suma mensual no remunerativa y no bonificable por un monto equivalente al que se detrae a cada agente en virtud del artículo 9 de la ley emergencia del sistema de seguridad social.
La medida fue implementada por el Poder Ejecutivo el viernes 29 de septiembre a través del dictado del decreto 2961, que lleva la firma de la Gobernadora y del Ministro de Gobierno.
Hasta ese momento, los empleados públicos de la Administración Central que por aplicación de ese adicional veían compensado el descuento por fondo solidario eran aquellos cuyos ingresos netos no superaban los 45 mil pesos, por lo que con el mencionado decreto se aumentó el universo de agentes estatales que se ven, de alguna manera, exceptuados de contribuir con parte de su salarios al sostenimiento financiero del sistema previsional fueguino.
El Fondo Solidario creado en la ley de emergencia del sistema de la seguridad social, sancionada en enero de 2016, obligó a todos los agentes estatales de Tierra del Fuego a realizar un aporte extraordinario en función de la edad de cada trabajador; que era del 1% del haber para los de menos de 45 años, del 3% entre 45 y 50 años, y del 4,5% para los de más de 50 años.
Este esquema delineado por el Poder Ejecutivo rápidamente mostró ser muy perjudicial para aquellos empleados que revistan en las categorías escalafonarias más bajas y que a la vez son más viejos.
Por ello, a dos meses de la entrada en vigencia de la ley el Poder Ejecutivo buscó la forma de contemplar esa situación, y paras ello creo un adicional no remunerativo y no bonificable denominado “Compensación Fondo Solidario Ley Provincial N° 1068” de aplicación para los estatales cuyos ingresos netos no superaran los 26 mil pesos.
En abril de 2016, el Ejecutivo hizo extensivo el cobro de ese adicional, que compensa el porcentaje de detracción por fondo solidario, a los agentes públicos con ingresos netos de hasta 40 mil pesos.
Ya en marzo de este año, el Gobierno dispuso elevar ese tope salarial hasta los 45 mil pesos.
Como el aporte solidario alcanza a la totalidad de los estatales fueguinos, el Poder Ejecutivo invita “a los Organismos Autárquicos y Descentralizados, al Poder Legislativo, y a los organismos de control del Estado
Provincial, al Banco de la Provincia de Tierra del Fuego, a los Departamentos Ejecutivos, Concejos Deliberantes, Juzgados de Faltas y Órganos de Control de los Municipios de la Provincia a dictar un acto de adhesión al presente o a dictar un acto de similar tenor según corresponda”.

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