Ordenan al municipio de Río Grande que deje de contaminar el mar
Demanda impulsada por la DPOSS

Ordenan al municipio de Río Grande que deje de contaminar el mar

Es por el vertido de efluentes cloacales crudos. El juez Civil Horacio Boccardo hizo lugar a una medida cautelar en el marco de una “acción preventiva de daños”. Admitió contaminación por coliformes fecales y le ordenó al municipio reparar un emisario submarino, cercar y señalizar una zona de descarga y presentar un plan de trabajo para extender los desagües hasta superar la línea de baja marea.
25/04/2019
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a justicia de Tierra del Fuego le ordenó al municipio de la ciudad de Río Grande que adopte una serie de medidas para dejar de contaminar con efluentes cloacales la costa del Mar Argentino, situación que se produce “desde hace diez años” y que derivó en un “grave problema ambiental” y en un “riesgo sanitario latente”, informaron ayer fuentes oficiales vinculadas al caso.
El juez Civil de Río Grande Horacio Boccardo hizo lugar a una medida cautelar, enmarcada en una “acción preventiva de daños”, promovida por la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios de la provincia (Dposs) tras constatar que la municipalidad local “vuelca crudas las cloacas tanto al río que atraviesa el ejido urbano como al litoral marítimo que rodea a la ciudad”.
La resolución judicial les impuso a las autoridades municipales que “en un plazo de diez días” reparen “el emisario submarino de la colectora norte” -que al estar roto vuelca efluentes en la playa- y que cerque el “desagüe cloacal de la Margen Sur”, donde “deberán instalarse carteles con la inscripción “Zona de desagüe cloacal. Prohibido el contacto y la realización de actividades recreativas”.
Además, el municipio deberá presentar a la justicia, “en un plazo de 30 días”, un plan de trabajo con plazos de ejecución, para “extender el caño de desagüe de la Margen Sur hasta superar la línea de baja marea”, indica el fallo al que accedió EDFM.
Por su parte el presidente de la Dposs, Guillermo Worman, afirmó que la decisión judicial “viene a poner fin a una década infame de contaminación”, y a “proteger dos derechos fundamentales como son el derecho a un ambiente sano y el derecho a la salud pública”.
El funcionario fueguino resaltó el rol de la justicia que, aunque todavía no dictó una sentencia definitiva, permite “ordenar una situación grave que afecta la cuenca hídrica y la calidad de las aguas del mar argentino”, señaló en dialogo con este medio.
Worman recordó que un fallo judicial anterior, de 2010, impulsado por la Asociación de Consumidores y Usuarios de Río Grande, ya había condenado al municipio por el mismo tema, y sin embargo los estudios de laboratorio realizados por la Dposs a pedido del juez, arrojaron que existe “una alta concentración de coliformes fecales, que van de 500 mil a 9 millones de unidades, cuando el máximo permitido es de 5 mil en agua dulce y de 20 mil en agua salada”.
Si bien el municipio relativizó esos resultados, el juez Boccardo entendió que, en cualquier caso, los niveles de bacterias “superan ampliamente los limites previstos para sectores de descarga”.
Según Worman, los coliformes fecales en el agua “se asocian con la presencia de enfermedades infecciosas urinarias y grastrointestinales, más peligrosas todavía si quienes las padecen son niños, adultos mayores o pacientes con enfermedades crónicas”, puntualizó el titular de Obras Sanitarias en Tierra del Fuego.

Fundación Ambiente y Recursos Naturales

Un experto de Buenos Aires destacó el fallo judicial

El director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) Andrés Nápoli, definió ayer como “novedosa” y “positiva” a la resolución adoptada por la justicia de Tierra del Fuego que ordenó al municipio de Río Grande cumplir una serie de medidas para dejar de contaminar con efluentes cloacales al Mar Argentino.
Nápoli sostuvo que la “acción preventiva de daños” que el juez Civil fueguino Horacio Boccardo utilizó para disponer las remediaciones ambientales constituye un mecanismo “con pocos antecedentes en el país” y una “buena herramienta”.
El titular de la FARN destacó también la “premura” que el magistrado le impuso a la causa, teniendo en cuenta que la presentación señalando el vertido de efluentes crudos al mar fue realizada el año pasado por la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios (Dposs).
“En un lapso de tiempo breve, el juez constató el mal funcionamiento del sistema de cloacal de Río Grande, certificó la contaminación de las aguas, el riesgo para el ambiente y la salud pública, y tomó esta determinación”, indicó el abogado especialista en casos ambientales, en dialogo con EDFM.
Si el caso hubiera tramitado como una acción ordinaria, “la contaminación hubiese seguido produciéndose, generando un daño cada vez más irreversible y un riesgo mayor a la salud, considerando que el nivel de coliformes fecales hallados en el mar es muy superior al permitido”, señaló el experto.
En esa línea, Nápoli remarcó que el juez intervino “asumiendo el rol que le corresponde por ley” y en “protección de la comunidad fueguina”.
“El saneamiento cloacal y la provisión de agua potable se presentan como elementos cada vez más vinculados a la protección de los derechos humanos y el ambiente. Así lo establece la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y así figura entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)”, remarcó el ambientalista.
La resolución dictada por el juez Boccardo, conocida ayer, les impuso a las autoridades municipales de Río Grande la reparación de un emisario cloacal submarino, el cercado y señalización de una zona de descarga de efluentes, y la presentación de un plan de trabajo para extender los caños de desagüe al mar hasta superar la línea de baja marea.

 

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