l Directorio de la Caja de Previsión Social de Tierra del Fuego emitió la resolución N° 100 mediante la cual convocó a elecciones para elegir a los nuevos directores para elegir a un representante de los pasivos y uno para los activos en un acto eleccionario que se celebrará el próximo 29 de noviembre.
Entre los fundamentos de los considerandos se menciona que el artículo 8 de la ley N° 1070 establece que "los miembros del directorio durarán 3 años en sus funciones pudiendo ser reelectos".
Asimismo, menciona que la norma en su artículo 7 establece además que "el directorio convocará a elecciones con una antelación no menor a 120 días corridos desde el vencimiento del mandato de los mismos". Ante dicha circunstancia se hizo hinca pie en que "los actuales directores por los sectores activo y pasivo finalizan sus mandatos el 31 de diciembre de 2019".
Por tal razón se resolvió por unanimidad fijar en el artículo 1 de la resolución "convocar a los afiliados activos de la Caja de Previsión Social de la Provincia de Tierra del Fuego (CPSPTF) en carácter de activos con el fin de proceder a elegir a simple pluralidad de sufragios a 1 director titular y a un director suplente para integrar el directorio del organismo en representación del sector activo para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2022, ambos inclusive, según lo establecido en el artículo 7 de la ley provincial 1070". El artículo 2 es prácticamente análogo salvo que está destinado a convocar a los afiliados pasivos para que elijan a su representante por el mismo periodo de tiempo.
El artículo 3 habla de que los postulantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en la ley 1070 en el artículo 4 se "establece que el acto eleccionario se llevará a cabo el día 29 de noviembre de 2019 a partir de las 8 (de la mañana) y hasta las 18 horas".
En el artículo 5 se decidió "delegar en el presidente del organismo la coordinación de acciones con el Juzgado Electoral provincial a efectos de desarrollar las elecciones en el marco de la ley provincial 201" y en el apartado 6 se encomienda "a la Dirección General Previsional a la generación de los padrones de afiliados activos y pasivos al 31 de agosto del 2019".