La dirigente gremial Sandra Esperón evitó un juicio pero igual podría ser condenada
Causa penal por lesiones

La dirigente gremial Sandra Esperón evitó un juicio pero igual podría ser condenada

La ex secretaria general del Soem iba a ser juzgada desde ayer por una presunta agresión a la esposa del presidente del Concejo Deliberante en 2016. La audiencia se suspendió porque su defensa aceptó “omitir el debate”, un mecanismo por el que el fiscal directamente solicitó una condena de tres meses de prisión. El caso debe ser resuelto ahora por la jueza Correccional de Ushuaia.
26/09/2019
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a ex secretaria general del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (Soem) Sandra Esperón aceptó la “omisión de debate” en un juicio que se le sigue por lesiones y podría recibir una condena de tres de meses de prisión en suspenso, informaron ayer fuentes allegadas al caso.
Esperón está involucrada en una causa penal a raíz de la denuncia que formuló en su contra Cristina López, pareja del concejal y presidente del Concejo Deliberante Juan Carlos Pino.
Según López, la dirigente la agredió y la tomó de los cabellos, durante una protesta realizada por trabajadores dentro del organismo deliberativo, en abril de 2016.
El contexto de esas marchas era la oposición gremial a las leyes que produjeron modificaciones al sistema jubilatorio en la provincia, entre otras medidas impulsadas por la gestión de la gobernadora Rosana Bertone.
Con el avance de la causa, la fiscalía había propuesto omitir el debate en febrero de 2018 y la otra parte no lo había consentido, por lo que el juicio oral iba a comenzar ayer.
Sin embargo, a último momento, la defensa de Esperón aceptó la propuesta fiscal que ahora debe ser resuelta por la jueza Correccional de Ushuaia Felicitas Maiztegui Marcó.
De acuerdo a la solicitud de omisión de juicio realizada por el fiscal subrogante Eduardo Urquiza, “el hecho investigado, su calificación legal, los elementos de juicio tendientes a acreditar la autoría y responsabilidad penal de la justiciable, no son otros que los referidos en el requerimiento de remisión a juicio (…) que califican la conducta endilgada a Esperón como lesiones leves”.
Por todo ello, Urquiza postuló que “la sanción que se debe imponer es la de tres meses de prisión, la que el tribunal eventualmente podrá dejar en suspenso, por considerarla responsable del delito de lesiones leves”.
El representante del Ministerio Público consideró como “atenuantes” la “escasa extensión del daño a la víctima y la ausencia de condenas previas”, y como “agravantes” el lugar de ocurrencia de los hechos que fue la sala del Concejo Deliberante de Ushuaia.

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