Plan de acción de cambio de autoridades
Transición Gubernamental II

Plan de acción de cambio de autoridades

El Tribunal de Cuentas fijó las pautas a cumplir por los funcionarios salientes. Además se solicitó información sobre obras en licitación, preadjudicadas, contratadas y en ejecución; estado de la deuda pública y listado de personal de planta permanente ingresado en los últimos 12 meses.
01/11/2019
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on el dictado de la resolución plenaria 192/2019, el Tribunal de Cuentas de la Provincia, aprobó el Plan de Acción Cambio de Autoridades 2019, en el cual se proyecta la planificación de trabajos a realizar en el cambio de autoridades electas y funcionarios del 16 de diciembre de 2019.
El plan de acción tiene por objeto definir las tareas a desarrollar en forma previa y posterior al cambio de autoridades (Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Entes Autárquicos, descentralizados y Municipalidad de Tolhuin), cuyo control económico-financiero se encuentra bajo órbita del Tribunal de Cuentas.
Además pretende establecer las pautas mínimas que “disminuyan a niveles razonables los riesgos de auditoría, la efectividad en los procedimientos a aplicarse y el logro de los objetivos planteados al momento de verificar las rendiciones de cuentas de los funcionarios salientes”.
En el caso del Poder Ejecutivo, el organismo de control centraliza las acciones en el Ministro Jefe de Gabinete, Leonardo Gorbacz, por el ser el responsable de la transición, según Decreto 1877/19. Una de las cuestiones a tener en cuenta “son los pasos a seguir en los casos que se produzcan renuncias o despidos con anterioridad a la fecha del traspaso de Gobierno”.
En la resolución aprobada, se sugiere que la suscripción de los formularios de Libre Deuda de los funcionarios salientes del Poder Ejecutivo Provincial debe estar precedida por la firma de la Contaduría General y de la Tesorería General; otorgando así su conformidad a la rendición de todos los fondos que se le asignaron por cualquier concepto.
Además se determina que los auditores fiscales deberán informar a la Secretaría Contable del Tribunal de Cuentas “de todo anticipo con cargo a rendir, fondo permanente o caja chica que a la salida del respectivo funcionario no se encuentre rendido a efectos de realizar la correspondiente intimación”.
En la resolución se aclara que “la presentación de las rendiciones no implica conformidad de la documentación recibida sino que la misma se encontrará sujeta a verificación durante los plazos establecidos en la normativa vigente”.

Más informes

En la resolución plenaria 192/2019, se solicita la siguiente información adicional:
-Listado de causas iniciadas ante la Justicia durante su gestión y de aquellas que le hayan iniciado, haciendo mención del número de expediente y juzgado de radicación.
-Listado de personal de planta permanente ingresado en los últimos 12 meses, indicando el acto administrativo de designación.
-Detalle de las contrataciones en curso a la fecha del cambio de autoridades o renuncia, separación o expiración del mandato.
-Listado de obras en licitación, preadjudicadas, contratadas y en ejecución, fuente de financiamiento, grado de ejecución, anticipos financieros pagados, redeterminaciones de precios, certificados pagados y pendientes.
-Crédito público: Stock de deuda pública consolidada a la fecha de cambio de autoridades.

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