El MPF reformula su proyecto para ampliar la intervención de la Legislatura
Recursos naturales

El MPF reformula su proyecto para ampliar la intervención de la Legislatura

El bloque del Movimiento Popular Fueguino presentó un nuevo proyecto para exigir autorización legislativa previa antes de otorgar determinados derechos de explotación sobre bienes y recursos provinciales. La iniciativa retoma una propuesta presentada en marzo, todavía sin tratamiento en comisión.
29/09/2026
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l Movimiento Popular Fueguino volvió a impulsar una iniciativa para que la Legislatura intervenga obligatoriamente antes de que el Estado otorgue a particulares determinados derechos sobre recursos naturales y bienes provinciales.

El proyecto presentado el pasado jueves 24 crea un “Régimen General de Autorización Legislativa Previa” para actos de disposición, adjudicación, concesión y otorgamiento de derechos de uso, aprovechamiento o explotación económica.

La iniciativa retoma aspectos contenidos en el que esa misma bancada había presentado en marzo y que fue girado a las comisiones de Legislación General y Economía, donde todavía no fue tratado y conserva estado parlamentario.

La primera iniciativa establecía que concesiones, permisos y autorizaciones sobre recursos naturales, tierras fiscales y bienes del dominio público debían contar previamente con una ley aprobada por mayoría simple.

El nuevo texto mantiene el principio, pero busca delimitarlo. Incluye tierras fiscales e inmuebles provinciales, aguas, costas, acuicultura, explotación comercial pesquera, recursos naturales y concesiones sobre bienes e infraestructura estatal. También alcanza renovaciones, prórrogas, transferencias, cambios de titularidad y modificaciones sustanciales de las condiciones originalmente autorizadas. Pero a diferencia del proyecto de marzo, excluye los permisos personales de pesca deportiva o recreativa, actos ordinarios de administración sin explotación económica relevante y determinadas autorizaciones precarias o transitorias.

El Ejecutivo conservaría la evaluación técnica, jurídica, económica y ambiental. Cuando el trámite se encuentre en condiciones de ser resuelto favorablemente, deberá enviarlo a la Legislatura. Sólo después de obtener una ley de autorización podrá continuar el procedimiento para eventualmente otorgar el derecho.

Sin plazo para decidir

Al igual que el proyecto anterior, el actual no establece cuánto tiempo tendrá la Legislatura para resolver. Pero agrega que el silencio, la falta de tratamiento o el vencimiento de cualquier plazo no podrán interpretarse como autorización tácita.

Por lo tanto, si la Cámara no trata el expediente tampoco lo rechaza, pero el Ejecutivo no podrá perfeccionar el acto. Si lo hiciera sin autorización legislativa, sería nulo.

El punto adquiere relevancia porque los propios fundamentos reconocen que las actuales facultades del Ejecutivo responden a la necesidad de una administración “ágil y técnicamente especializada” y presentan el nuevo sistema como un equilibrio entre eficiencia administrativa, control democrático y protección del patrimonio provincial. Pero sin un plazo de intervención legislativa definido, cada concesión, renovación o autorización podría quedar sujeta a intereses y tiempos políticos inciertos, lo que abre la posibilidad de un efecto concreto: el freno o la paralización de actividades productivas que dependen de decisiones oportunas para operar.

Debate constitucional en puerta

El proyecto también abre un interrogante sobre el alcance de las facultades de la propia Legislatura. La Constitución provincial le reconoce atribuciones para dictar las normas que regulan y protegen los recursos naturales, las tierras y las aguas.

Pero el nuevo proyecto del MPF propone establecer mediante una ley ordinaria un requisito de autorización legislativa que la Constitución contempla expresa y exclusivamente para las concesiones y convenios hidrocarburíferos, y no para los restantes recursos naturales.

La cuestión jurídica pasa entonces por determinar hasta dónde puede avanzar la Legislatura mediante una ley ordinaria, Es decir, si su facultad constitucional para establecer los marcos regulatorios generales le permite también reservarse una intervención obligatoria en cada concesión, adjudicación o explotación concreta, aun cuando la Constitución sólo estableció expresamente ese mecanismo para los hidrocarburos.

Una eventual discusión constitucional podría centrarse, por lo tanto, en determinar si esa pretensión constituye una regulación dentro de las atribuciones propias de la Legislatura o si implica ampliar mediante una ley ordinaria las facultades que la Constitución le asignó y, con ello, modificar la distribución de competencias entre los poderes Legislativo y Ejecutivo.

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