Punto de vista

La diferencia entre la estupidez y la genialidad…

05/03/2012
P
or Fulvio Baschera

Realmente confundido, aunque creo no ser el único, con lo que durante el transcurso de los últimos días ha venido aconteciendo en relación a la aplicación de la denominada Ley “Gaucho Rivero”, es que busco encontrar algo de sensatez en alguno de los actores protagónicos para poder así intentar comprender no sólo la situación, sino el alcance final de los planteos.
Sin pretender entrar en nimiedades como podría ser la discusión de si la actividad turística constituye un recurso natural o no, aunque a fuer de ser sincero tampoco me queda muy claro que digamos, lo cierto es que quienes hasta ahora han adoptado la postura favorable a la aplicación de la Ley, en los términos y condiciones en que ésta fue efectivizada, encontraron fundamentos en argumentos como que el crucero “Star Princess” era de una compañía inglesa; que como había tocado puerto en Malvinas (creo que en referencia a nuestras Islas) quedaba alcanzado por la Gaucho Rivero; que como traía bandera de conveniencia (Bermudas) era pasible de ser alcanzado por la norma; que como aseguró la Gobernadora ella también tiene la facultad de interpretar la Ley la aplicó sin más; y que a pesar de haber sancionado un texto idéntico, nuestros compatriotas continentales del Chubut hacen una interpretación absolutamente distinta a la nuestra y aseguran que permitirán el amarre de estos barcos piratas.
Aunque sucinto, este resumen resulta más que suficiente como para plantearme los siguientes interrogantes a saber:
¿Cómo se puede afirmar que el crucero Star Princess era de una compañía británica sin haber siquiera descartado la pertenencia del citado navío a la compañía norteamericana Princess Cruises. Situación que a la fecha continúa sin poder ser precisada desde la propia presidencia de la DPP?
¿Qué problema puede generarnos a los argentinos que un barco proveniente de nuestras Islas Malvinas toque otro puerto de nuestro país?
¿Si la cuestión radica en portar una bandera inglesa o de conveniencia por qué no se adoptó idéntico criterio con el crucero Infinity que amarrara sin cuestionamiento alguno en el muelle de nuestra ciudad portando bandera de Malta, que al igual que Bermudas (la que traía el Star Princess) es integrante del Commonwealth?
Si es la Gobernadora quién interpreta la Ley, ¿cómo no se le ocurrió aplicarla también en el caso del Infinity, embarcación que al igual que el Star Princess navegó por sobre la plataforma continental argentina, con bandera de conveniencia, explotando recursos naturales de la cuenca de las Islas Malvinas, toda vez que también es un crucero turístico, vulnerando sin más el alcance del artículo 2 de la Gaucho Rivero?
A partir de la dicotomía interpretativa entre fueguinos y chubutenses, ¿no será que estamos presentando una profunda fisura que ante los ojos de la comunidad internacional nos presenta como, al menos, confundidos?
Entre las tantas cuestiones que respecto de este tema en particular generan confusión, sería una buena idea sosegarnos un poco y ponernos a pensar que la causa Malvinas es un tema de por sí complejo como para que, merced a nuestras propias incapacidades, contribuyamos a hacerlo casi de imposible resolución.
En fin, creo que todos coincidiremos en que sin duda alguna resultará mucho más provechoso dejar de lado las gauchadas y ponernos a trabajar para alejar lo máximo posible el límite de la genialidad, demostrando y demostrándonos que no somos tan estúpidos como en oportunidades nos esmeramos en parecer.

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