E
l fiscal de Estado, Virgilio Martínez de Sucre, se presentó en el expediente judicial iniciado por la ONG Participación Ciudadana para que cese la contaminación costera por falta de cloacas y calificó la situación que atraviesa la ciudad en esa materia como “alarmante”.
El titular del organismo de control de la provincia presentó un escrito en la causa número 15.447/2013 sobre protección de intereses difusos y aportó documentación recopilada por la Fiscalía en el marco de una investigación administrativa propia.
“Quiero hacer notar particularmente al Sr. Juez que, con motivo de mediciones del agua y de estudios epidemiológicos acompañados desde el Ministerio de Salud y dado lo alarmante de la situación (…) se remitieron sendas notas al citado Ministerio, al intendente de Ushuaia, a la Legislatura provincial y a la Sra. Gobernadora de la Provincia, poniendo en conocimiento de los riesgos que implica la situación actual del sistema de tratamientos cloacales, sin que hasta la fecha se haya obtenido información de la existencia de actividad generada a raíz de las mismas”, señala Martínez de Sucre en el escrito enviado al juez Civil de Ushuaia Alejandro Fernández.
La intervención del Fiscal de Estado en el caso fue elogiada por el titular de Participación Ciudadana, Guillermo Worman, quien destacó “el desempeño y la preocupación del funcionario en un caso de extrema gravedad como es la falta de tratamiento de los efluentes cloacales en la ciudad”.
“Es indudable que la investigación administrativa del fiscal aportará otros elementos a la causa y ello se combina con el minucioso dictamen sobre el tema que ya había elaborado el mismo organismo, señalando las responsabilidades del Ejecutivo provincial y de la Dirección de Obras Sanitarias”, indicó Worman.
Por su parte, ayer trascendió que el Ministerio Público Fiscal, a cargo del jefe de fiscales Oscar Fappiano, también tomó intervención en el expediente, a través de una nota enviada al juzgado el pasado 9 de mayo.
Fappiano delegó la actuación en el fiscal Fernando Ballester Bidau, quien enterado del motivo de la causa requirió vista de las actuaciones “a fin de determinar lo que corresponda”.
Información técnica y científica
A su vez, en el escrito elevado al juez por el Fiscal de Estado, se explicó que dado que el motivo de la causa judicial “guarda estrecha relación con una investigación actualmente en trámite en este organismo, considero relevante remitirle la totalidad de la información recopilada en dicho marco por estimar que le podrá ser de utilidad al momento de resolver la cuestión, en el entendimiento que este es un aporte para lograr determinar la verdad material de la situación presente”.
Martínez de Sucre informa, además, que todavía quedan pendientes “las respuestas ante diversos requerimientos e informaciones que se han solicitado”, no obstante lo cual “se ha recopilado hasta la fecha numerosa información técnica y científica, que describe desde diferentes perspectivas el escenario de situación”. Y aclara que otra parte de la documentación “por su gran volumen” será enviada al Juzgado “en los próximos días, encontrándose ya en pleno proceso de copiado”.
En tanto el juez Fernández ya puso en marcha el mecanismo de adhesión de personas e instituciones a la demanda de Participación Ciudadana, por lo que en los próximos días, un extracto de la demanda será publicado durante cinco días en el EDFM y será difundido a través de canal 11 de Ushuaia, con el objeto de difundir los alcances de la presentación.
De acuerdo al procedimiento para este tipo de casos, en el lapso de diez días posteriores a la última publicación, los ciudadanos e entidades legitimados por el Código de Procedimientos en materia Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minera, podrán adherir formalmente al planteo judicial.
El artículo 74 de ese Código establece que “en el caso de cuestiones relativas a la defensa del medio ambiente, de valores culturales o históricos y, en general, que pertenezcan a un grupo indeterminado de personas, estarán legitimados indistintamente para promover el proceso pertinente, el Ministerio Público, cualquier interesado y las instituciones o asociaciones de interés social que según la ley o a juicio del tribunal garanticen una adecuada defensa del interés comprometido”.