Repercusiones tras el caso del matrimonio igualitario en Río Grande

El Registro Único de Adoptantes tiene 20 familias de Tierra del Fuego

04/03/2015
U
nas veinte familias de Tierra del Fuego están inscriptas en el Registro Único de Adoptantes (DNRUA) que concentra a personas de todo el país y que constituye la única vía para adoptar un hijo según las leyes nacionales vigentes.
Así lo confirmó ayer a este medio la titular del Juzgado de Familia  y Minoridad Nº1 de Río Grande, Susana del Valle García, al referirse al caso que cobró trascendencia nacional sobre la adopción definitiva de dos chicos misioneros en favor del matrimonio igualitario constituido por Juan Castro y Pablo Silva.
Por el contrario, la jueza explicó que no existen chicos fueguinos en condiciones de ser adoptados, por lo que las familias que se han inscripto en el registro deben esperar el llamado de otras jurisdicciones, como ocurrió con Castro y Silva.
“Lo importante es destacar que la única manera de adoptar legalmente es inscribirse en el registro. Otras modalidades como la llamada “guarda puesta”, donde una pareja cuida a una mujer embarazada para luego quedarse con su bebé, son ilegales en el país”, detalló Del Valle García.
La magistrada también aclaró que para inscribirse en el DNRUA no es necesario estar casado o inclusive puede hacerlo una persona sola, mientras que las autoridades evalúan luego a los postulantes que se inscriben.
“El problema, a veces, son las pretensiones de los que quieren adoptar. Casi todos se inclinan por bebés recién nacidos, sin ningún tipo de patología, y resulta que los chicos que precisan ser adoptados no tienen esa edad”, amplió la jueza.
Por otra parte, la ley nacional de adopción establece que la guarda provisoria con fines de adopción se inicia en el lugar donde se encuentran viviendo los chicos adoptados, como sucedió en Misiones con la pareja de fueguinos, mientras que el trámite de adopción plena debe realizarse en el lugar donde fije residencia la familia.
Cuando se dicta una sentencia de adopción plena, los menores adquieren la condición de hijos de los adoptantes sin ningún tipo de distinción y por lo tanto con los mismos derechos respecto de cualquier hijo biológico.
 
Cambio de mentalidad
 
En el caso de los chicos adoptados por el matrimonio de Río Grande, la jueza ponderó que ambos hermanos “necesitaban una familia para poder realizarse”, y contó que de la extensa charla sostenida con ellos se desprendía que “eran los chicos quienes habían adoptado al matrimonio, y no al revés”.
Incluso describió que los menores conocen perfectamente su origen: saben que su madre falleció, que su padre es desconocido y que tienen tíos y otros hermanos en Misiones a los que ya han ido a visitar para contarles sobre su cambio de vida y acerca de cómo estaban.
“La cuestión de la homosexualidad (de los padres) ni se menciona en la sentencia. Para nosotros basta con que son un matrimonio. El principio rector de las familias es la comunicación, el apoyo, y no la vida privada de las personas. No hay que olvidarse que la totalidad de los niños abandonados que existen en el país son hijos de matrimonios heterosexuales”, definió también Del Valle García, aunque admitió que la sociedad atraviesa por “un cambio de mentalidad progresivo” acerca de estos temas.
 
“Amparo y protección”
 
En la sentencia de adopción a la que accedió ayer EDFM, la jueza señala que el matrimonio integrado por Silva y Paz “ha evidenciado una preocupación constante por la situación (de los chicos) y, desde el momento en que los recibieron en guarda, les otorgaron el marco necesario de contención afectiva, brindándole amparo y protección”.
A su vez, menciona que “la dinámica familiar es favorable para el desarrollo psicosocial de los niños, encontrándose éstos contenidos, cumpliendo los adoptantes las funciones de padres con cariño y firmeza; circunstancia de vital importancia debido a las innumerables contingencias a las cuales se han visto sometidos los niños, a partir del fallecimiento de su progenitora”.
En otro párrafo de la resolución judicial también se destaca que los padres les han brindado a los niños “cariño, protección y una formación acorde a su evolución psicofísica” (…) tratándolos a ambos por igual”, mientras que los chicos “han formado su personalidad e identidad y han construido vínculos afectivos en función de la educación y cuidado que le han proferido sus guardadores, quienes constituyen, además, su única familia”.