Vacaciones de Invierno

5 días hábiles entre junio y octubre

El Poder Ejecutivo dispuso que la licencia especial de invierno podrá ser usufructuada entre el 6 de junio y el 28 de octubre del corriente. La medida alcanza a todo el personal de la Administración Pública Provincial, con excepción de los agentes de salud y los no docentes.
07/06/2016
A

partir de ayer y hasta el próximo 28 de octubre será el plazo del que dispondrá el personal de la Administración pública provincial para usufructuar los 5 días hábiles correspondientes a la licencia especial de invierno, a excepción del personal de salud y los no docentes dependientes del ministerio de Educación.
Estos últimos podrán tomarse ese descanso durante el receso escolar de invierno.
Para poder acceder al beneficio, los empleados públicos deberán contar con una prestación efectiva mínima e ininterrumpida de 6 meses dentro del año y no haber utilizado en los 6 meses anteriores inmediatos más de 15 días en el mes de licencias por afecciones o lesiones de largo tratamiento, accidentes de trabajo u otro tipo de franquicias.

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