Autonomía municipal: La Federación Argentina de Municipios apoyó a Vuoto y Melella
La entidad manifestó su “profunda preocupación”

Autonomía municipal: La Federación Argentina de Municipios apoyó a Vuoto y Melella

Intendentes del Interior se reunieron en Buenos Aires y respaldaron a los municipios de Ushuaia y Río Grande, en el conflicto con el Ejecutivo fueguino por la potestad de cobro de los impuestos Inmobiliario y Automotor. “La Constitución Nacional garantiza la autonomía municipal, lo que conlleva la obligación por parte de las provincias de respetar sus fuentes de financiamiento”, sostiene la declaración suscripta por los jefes de las ciudades.
27/04/2017
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a Federación Argentina de Municipios (FAM), que se reunió ayer en Buenos Aires, emitió una declaración mediante la cual “respalda fuertemente las posturas legales, históricas y políticas que sostienen los municipios de Ushuaia y Río Grande ante la pretensión del Gobierno de Tierra del Fuego de avanzar sobre la potestad del cobro del impuesto inmobiliario urbano, hoy en manos de las ciudades”, remarcaron desde el Ejecutivo de la capital provincial.
Los intendentes Walter Vuoto (Ushuaia) y Gustavo Melella (Río Grande) asistieron al encuentro que convocó a los intendente del Interior del país, en donde analizaron la realidad de cada ciudad en el marco de la coyuntura político económica a nivel nacional.
Allí ambos intendentes expusieron la realidad de sus ciudades, y entre otros temas abordados fue analizado el conflicto que los municipios mantienen con el Ejecutivo fueguino.      
En esa línea, la FAM expresó en su declaración su “profunda preocupación sobre la pretendida aplicación de una medida tributaria que gravemente desfinancia a los gobiernos locales”.
Además, la FAM entendió que se violentan competencias establecidas en la Carta Orgánica Municipal (art. 37.6) atacando, directamente, la capacidad de dictar los Municipios su norma fundante, afectando su autonomía política y su autosuficiencia económica-financiera, derogando de facto, mediante una ley, cuestiones que el constituyente dejó expresamente plasmadas.
Planteó que “las potestades tributarias municipales de Ushuaia y Río Grande vienen de larga data, garantizadas por las respectivas Cartas Orgánicas. Luego de que la novel provincia dejara de ser territorio nacional,  la práctica constitucional fue mantenida. Resultaría un pésimo precedente el avasallamiento de potestades preexistentes  por una decisión unilateral de otra jurisdicción sin debate ni participación de los municipios”.
En un tercer punto la entidad que nuclea a los municipios del Interior del país manifestó que “no resulta ajeno a esta cuestión el largamente diferido tratamiento de la coordinación fiscal interjurisdiccional, atenta la manda constitucional expresa de la reforma de 1994 y la igualmente exigible garantía de autonomía municipal”.
Posteriormente, evaluó que “tal debate viene siendo postergado injustificadamente, mientras desde el Gobierno nacional se aplican políticas altamente inequitativas, además de gravosas, como lo han sido la falta de devolución total de la detracción del 15% de los impuestos coparticipados (decreto 73/16); el desfinanciamiento del Fondo Federal Solidario mediante la disminución de las retenciones a la soja (decretos 133/15 y 1343/16, con vicios de inconstitucionalidad manifiestos por ser temas tributarios de competencia exclusiva del Congreso); y el aumento brutal, unilateral e inconsulto por el Presidente de la Nación de la coparticipación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –una de las jurisdicciones más ricas del país- incrementándolo del 1,4% al 3,75% (decreto194/16)”.
“En el interín de que se avance en resultados concretos consensuados, insta a las autoridades provinciales gestionar y reclamar ante las autoridades nacionales la reducción del referido financiamiento escandalosamente inequitativo a la ciudad de Buenos Aires, por un monto equivalente a las sumas pretendidas, sin afectar las potestades tributarias preexistentes de las municipalidades de Ushuaia y Río Grande”, sentenció.
La declaración enfatiza posteriormente que “la Constitución Nacional garantiza la autonomía municipal, lo que conlleva la obligación por parte de las provincias de respetar sus fuentes de financiamiento”.
Por último, el escrito sostiene que la FAM “resuelve dar a la presente Declaración adecuada difusión, especialmente ante las autoridades de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, las autoridades de los municipios de Ushuaia y Río Grande, y el Superior Tribunal de Justicia”.

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