os agentes dependientes de la Administración Central, Entes Descentralizados y Autárquicos que fueran designados y cumplan funciones como Autoridad de Mesa en los comicios nacionales previstos para el 13 de agosto y 22 de octubre, gozarán de una licencia especial de 1 día.
La jornada de descanso será otorgada “el día hábil siguiente posterior a la realización de dichos comicios, correspondiendo al 14 de agosto y al 23 de octubre”,
respectivamente.
Según consta en el decreto 2051/17, “el interesado deberá
justificar el usufructo del beneficio con la acreditación de su función de Autoridad de Mesa en los comicios, ante su superior jerárquico, mediante comprobante emitido por el Juzgado Federal con competencia Electoral, Distrito Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”.