Ushuaia y Río Grande presentan recursos extraordinarios
Cobro del Impuesto Inmobiliario Urbano

Ushuaia y Río Grande presentan recursos extraordinarios

Patrocinados por el constitucionalista Antonio María Hernández, ambos municipios buscan que la Corte Suprema de Justicia de la Nación intervenga en la causa sobre el cobro del Impuesto Inmobiliario Urbano, tras el fallo del Superior Tribunal de Justicia provincial, que el letrado evaluó como “inconstitucional” y “arbitrario”.
06/02/2018
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n el marco de la causa sobre el cobro del Impuesto Inmobiliario Urbano, el letrado patrocinante de los municipios, doctor Antonio Hernández, presentó ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia el primero de los recursos extraordinarios -que corresponde a la Municipalidad de Río Grande- para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación intervenga; y en los próximos días presentará el recurso que corresponde a la ciudad de Ushuaia.
En el acto de presentación del recurso extraordinario, en la sede del Superior Tribunal de Justicia, el doctor Hernández estuvo acompañado por el equipo legal del Municipio de Río Grande; como así también el equipo legal de Ushuaia, encabezado por la doctora Victoria Vuoto. Hernández sostuvo que el fallo del máximo órgano de justicia de Tierra del Fuego es “inconstitucional”, “arbitrario” y “de enorme gravedad institucional”, dijo.
Cabe recordar que en diciembre pasado, en fallo unánime el Superior Tribunal de Justicia hizo lugar a la acción declarativa de certeza promovida por la Agencia de Recaudación Fueguina, declarando que “la Provincia de Tierra del Fuego resulta titular de las potestades constitucionales que determinaron el dictado de la ley 1075, razón por la cual se encuentra ajustada a derecho la decisión de retomar su atribución con las facultades que le resultan inherentes respecto al impuesto inmobiliario sobre todos los inmuebles ubicados en su territorio, ya sea que se encuentren en centros urbanos o zonas rurales”.
 
Autonomía municipal, “fundamental para el sistema republicano y federal”

El doctor Antonio Hernández, de enorme trayectoria en materia de autonomías municipales, evaluó que el fallo “es un enorme avance inconstitucional sobre la autonomía municipal, porque todo se origina en la ley 1075 que desconoce que el impuesto inmobiliario urbano perteneció a los Municipios de Ushuaia y de Río Grande desde 1960, que fue reconocido en la constitución provincial de 1991, que se consagra también en la Constitución Nacional y que también expresamente lo determinan las Cartas Orgánicas tanto de Río Grande como de Ushuaia”, expuso.
“Nos encontramos con una sentencia grosera del Superior Tribunal de Justicia”, analizó el letrado, y observó que la misma “tiene que ser revisada y dejada de lado por tres motivos: porque está en conflicto una ley provincial que choca con la Constitución Nacional; es una sentencia arbitraria también en el proceso que fue irregular y por haber admitido que un organismo autárquico represente a la provincia; y además se pone de relieve la gravedad institucional porque debiéramos tener un Superior Tribunal de Justicia que debiera ser garante de la autonomía y no lo es”, dijo .
Hernández indicó que “el Tribunal podrá conceder el recurso o no, pero queda claro que ambos Municipios, con clara defensa de sus competencias, están defendiendo sus autonomías que son fundamentales para el sistema republicano y federal”, expresó.
 
Reunión de trabajo en la Intendencia de Ushuaia

El doctor Antonio Hernández mantuvo un encuentro con integrantes del Ejecutivo municipal de Ushuaia, previo a la presentación del recurso extraordinario ante el Superior Tribunal de Justicia en defensa de la autonomía municipal y su potestad para el cobro del impuesto inmobiliario urbano, que se realizará en los próximos días.
En la sala de situación de la Intendencia municipal, ubicada en San Martín 660, el constitucionalista Hernández, quien lleva adelante la representación legal de los municipios en el recurso para acceder a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, explicó detenidamente todas las falencias que advierte en el proceso que se siguió hasta ahora en jurisdicción provincial y los amplios fundamentos que sostienen las ciudades para acceder a la instancia superior.

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