Nueva modificación a la promoción industrial

Redujeron a 2 años la revisión de oficio de procesos productivos

El cambio solicitado por el Gobierno fueguino persigue la optimización de los procesos productivos, una más veloz implementación de nuevas tecnologías de producción y la mejora de la competitividad de la industria. El decreto nacional dispone también que a solicitud de parte, la revisión y modificación podrá realizarse en cualquier momento.
15/06/2018
E

l Poder Ejecutivo Nacional dispuso reducir a 2 años el plazo para la revisión de oficio de los procesos de fabricación de los productos elaborados al amparo del régimen de promoción industrial, y habilitar la revisión y modificación de los mismos en cualquier momento, a instancia de también podrá revisar y modificar los procesos productivos en cualquier momento, a requerimiento de empresa radicada en la Provincia.
Hasta el dictado del decreto 542, la revisión de los procesos productivos podía realizarse a los 5 años de haber sido autorizados, lo que obviamente representaba un obstáculo para la rápida incorporación de avances tecnológicos que mejoraran la producción fueguina.
Atendiendo al reclamo planteado oportunamente sobre esta cuestión por el Gobierno fueguino, el pasado miércoles 13 de junio Nación adecuó la normativa en la materia, con el objetivo de “optimizar los procesos productivos”, favorecer “la implementación de estándares internacionales de producción” y “la mejora de la competitividad” de los productos fabricados en la Provincia.
El decreto en cuestión viene, de alguna manera, a reestablecer el plazo de revisión de procesos productivos que rigió durante un muy acotado período de tiempo (entre el 1 y el 29 de septiembre de 1998) de la presidencia de Raúl Alfonsín.
La norma que lleva la firma del Presidente y de los ministros Jefe de Gabinete y de Producción, también determina que “los procesos productivos vigentes a la fecha de publicación del presente decreto solo podrán ser revisados y modificados de oficio en un plazo no inferior a 5 años contados desde su aprobación”.  
Esta es la segunda modificación que el Gobierno nacional accede a incorporar a la 19.640 en poco más de una semana, ya a comienzo de este mes flexibilizó las condiciones que deberán cumplir los productos obtenidos a partir de la industrialización de mercaderías íntegramente producidas en el Área Aduanera Especial, con la participación complementaria de algún o algunas materias o artículos extra zona, para que sean considerado como originario.

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