Tiene plena vigencia la ley antidoping para funcionarios
Consumo de sustancias ilegales

Tiene plena vigencia la ley antidoping para funcionarios

Mediante el decreto N° 2076 el Ejecutivo Provincial promulgó ayer la Ley 1233 que sancionó la legislatura para que los funcionarios de los tres poderes del Estado, se sometan a análisis tendientes a determinar si consumen o no drogas ilegales. Ahora sólo resta la reglamentación, pero desde hoy, la norma goza de plena vigencia.
01/08/2018
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a gobernadora Rosana Bertone firmó el decreto N°2076 promulgando la ley antidoping 1233 que busca controlar y detectar a los funcionarios de los tres poderes del estado que consuman drogas ilegales.
La ley, promulgada ayer en el Boletín Oficial N° 4169, establece en su artículo primero como requisito de permanencia en los niveles políticos de la función pública, el carácter de adicción a drogas ilegales.
La norma alcanza a los cargos de gobernador/a y vicegobernador/a hasta el rango de subsecretarios, autoridades de entes autárquicos y descentralizados, personal superior y subalterno de la policía y servicio penitenciario.
Asimismo alcanza a los organismos de control, poder legislativo hasta el rango de prosecretarios; y en el poder judicial se aplica a jueces, magistrados y funcionarios de toda la justicia incluidos los Ministerio Públicos fiscales y de la defensa.
Asimismo se aclaró en el artículo 3 que la autoridad de aplicación en el ámbito del Poder Ejecutivo será el Ministerio de Salud.
El artículo 4 de la ley señala que todos los funcionarios comprendidos en el ámbito de la aplicación de esta ley, deben realizarse con carácter obligatorio el examen de detección de metabólicos de drogas en orina.
Tal examen debe realizarse en un plazo de 4 meses de puesta en vigencia de la ley con periodicidad de 1 año. Este procedimiento puede ser reemplazado por otros exámenes y/o bioquímicos en función de su mayor precisión y efectividad.
En el artículo quinto se señala que "en caso de que el examen diera positivo, el funcionario tiene derecho a exigir una contraprueba dentro de los 10 días hábiles siguientes al resultado.
En caso de que se detecte la presencia de sustancias ilegales consumidas, será causan del cese en la función pública y en caso de ser electo, el funcionario será pasible de suspensión y revocación de mandato como lo establece la Constitución de la Provincia.

Dos frascos, dos muestras

Al momento de que los funcionarios alcanzados por la ley se realicen el examen de orina se tomarán dos muestras de orina “que deben ser selladas y firmadas por las partes”. Una de ellas será utilizada para el examen inicial. Si diera resultado positivo, el funcionario tiene derecho a exigir, dentro de los 10 días hábiles siguientes, la realización de una contraprueba para lo que se utilizará la segunda muestra.

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