Un hombre fue condenado a 18 años de cárcel por abusar de su hijastra
LA SOMETIO SEXUALMENTE DURANTE DIEZ AÑOS

Un hombre fue condenado a 18 años de cárcel por abusar de su hijastra

Ayer se conoció el veredicto contra Eduardo Cancino González, acusado de abusar de su hijastra en reiteradas oportunidades, desde que ésta era menor de edad en la ciudad de Río Grande. El sometimiento recién dejaron de existir cuando la víctima pudo salir del vinculo familiar. El acusado ya tenía el antecedente de una condena de 7 años de cárcel, por el mismo delito.
26/02/2019
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l Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, condenó este lunes a la pena de 18 años de cárcel a Eduardo González Cancino, por haberlo encontrado penalmente responsable del delito de abuso sexual del que resultó víctima su hijastra, a quien sometía desde que era pequeña.
Los Jueces consideraron probado en las audiencias del juicio que se llevó adelante la semana pasada, a puertas cerradas, que Cancino fue responsable de tres delitos contra la integridad sexual de la víctima, hechos que fueron cometidos en distintas circunstancias entre el 2001 y el 2010, enumerándolos de la siguiente manera:
-Delito de abuso sexual gravemente ultrajante doblemente agravado por ser el imputado guardador de la víctima y por haber sido cometido contra una menor de 18 años aprovechando la convivencia preexistente.
-Abuso sexual con acceso carnal doblemente agravados.
-Abuso sexual con acceso carnal reiterados en un número indeterminado de veces, en concurso real.
Lo Jueces del Tribunal resolvieron unificar en 18 años de prisión la sanción impuesta en este juicio con la condena que ya purgaba impuesta por parte del Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte, en el año 2013, ocasión en la que recibió una pena de 7 años de cárcel.
González Cancino estaba acusado de haber abusado de su hijastra en un número indeterminado de veces, mediante el empleo de amenazas e intimidaciones, aprovechándose de su condición de tutor o guardador y valiéndose de la relación de convivencia preexistente.
Los hechos habrían tenido lugar en un primer momento cuando la víctima era menor de edad y se extendieron hasta después de cumplida la mayoría de edad.
Dichos abusos comenzaron cuando el imputado convivía con el grupo familiar conformado por su ex mujer, quien era su pareja en ese momento y sus otros hijos menores cuando la víctima poseía entre tres y trece años de edad.
La condena coincidió con la pena solicitada por la Fiscal Verónica Marchisio en los alegatos, en tanto que el defensor oficial Mariano Sardi había pedido la absolución de su defendido.

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