Queno habilitado para un cuarto mandato
Elecciones provinciales

Queno habilitado para un cuarto mandato

La Justicia rechazó las impugnaciones que presentaron cinco fuerzas políticas que entendían que ya cumplió dos mandatos consecutivos al frente del Ejecutivo de Tolhuin. La discusión jurídica se produce porque en 2012 la localidad, por ley, pasó de comuna a municipio. El juez Electoral de la provincia se sumó a la interpretación de que Queno aspira a su segundo período como intendente municipal.
08/04/2019
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l juez Electoral de Tierra del Fuego, Isidoro Aramburú, habilitó al intendente de Tolhuin, Claudio Queno, a presentarse como candidato para el mismo cargo en las elecciones que se disputarán en ese municipio el próximo domingo 23 de junio, al rechazar las impugnaciones que habían presentado cinco partidos políticos por entender que el funcionario ya cumplió dos mandatos consecutivos al frente del mismo poder ejecutivo.
En rigor, si queda firme el fallo de Aramburu, Queno disputará el acceso a su cuarto mandato seguido como intendente. La discusión jurídica se produce porque en 2012, Tolhuin fue transformada por ley, de comuna a municipio, y entonces existen diferentes interpretaciones acerca de si el dirigente peronista iría por su tercer período institucional (tomando al período 2011-2015 como el primero del municipio) o si iría por el segundo (tomando el actual período 2015-2019 como el primero).
El actual juez Electoral se basó en el fallo dictado por el Superior Tribunal de Justicia en 2015, cuando la candidatura de Queno también fue cuestionada judicialmente, para reafirmar que el intendente aspira a su segundo mandato municipal y por lo tanto “no existe prohibición o limitación Constitucional o legal alguna” y “está habilitado para postularse en el marco del cronograma electoral en curso para disputar dicho cargo electivo”, aseveró en la resolución conocida el pasado viernes.
Aramburu utilizó, en especial, la definición del STJ acerca de que, con el cambio de estatus jurídico, Queno “no cumple” entre 2015 y 2019 su tercer período como intendente.
“Si el mandato 2015-2019 no fue un tercer mandato, claramente se desprende que Claudio Queno en la actualidad cumple su primer mandato en calidad de intendente de Municipio, y entonces no hay fundamentos razonables para impedir una nueva postulación para un eventual segundo mandato en esa calidad porque ese tópico ya ha quedado zanjado y desactivada toda posibilidad de confusión en torno al cambio de status jurídico y de roles, y ninguna consecuencia jurídica trae aparejado en qué momento o tramo del segundo mandato ejercido como intendente de Comuna (2011-2015) se produjo la sanción y promulgación de la ley 892”, sostiene la resolución del juez electoral.

Cambio de estatus

Ante el planteo del Partido Popular, la Coalición Cívica-Afirmación para una República Igualitaria, el Partido Federal Fueguino, el partido Somos TDF y el Partido Social Patagónico, el juez se detuvo en el análisis de cómo impactó la sanción de la ley 892 (sancionada el 9 de octubre de 2012) en la situación de Queno, quien por entonces se encontraba, desde fines del año 2011, ejerciendo mandato como Intendente de la comuna.
“Hubo una transformación jurídica y no un mero cambio semántico o una simple modificación del rotulo sin mayores consecuencias desde lo político e institucional”, indicó el magistrado, y agregó que “no caben dudas de la profundidad de la reforma si tenemos en cuenta que, como expresa la ley en su artículo 8, se extinguió la comuna y nació un nuevo Estado”.
En esa línea, Aramburu interpretó que en esa “transformación institucional, política y jurídica decidida de manera discrecional por el legislador”, la continuidad de los mandatos en curso “no fueron alcanzados ni modificados durante la transformación del status jurídico de la Comuna en Municipio”, sino que “permanecieron intactos”.
A partir de ello, el juez concluyó que si la ley aseguró los mandatos comunales hasta 2015, lo que ocurrió luego fue un primer mandato municipal entre 2015 y 2019 y, ahora, la aspiración a un segundo período municipal.
“Los argumentos razonables vertidos (por el fallo del Superior Tribunal de 2015) (…) son los que ratifican el criterio adoptado por el Juzgado Electoral de primera instancia en tanto reconoce que la Ley 892 produjo un cambio crucial del status jurídico de Tolhuin (…) Pero al mismo tiempo dicho fallo estableció que el legislador quiso mantener incólume el mandato del Intendente comunal Claudio Queno hasta la finalización del mandato 2011- 2015, de lo que se infiere natural, que el periodo en curso 2015-2019 es el primer mandato de Queno como Intendente municipal y no el segundo”, abunda la resolución judicial.

Otros casos

El juez Electoral también aclaró que el caso de Queno es “totalmente diferente y sin puntos de conexión”, con los recientemente resueltos por la Corte Suprema de Justicia a partir de planteos ocurridos en La Rioja y Río Negro.
“En el primero se declaró la invalidez de la enmienda a los artículos 120 y 171 de la Constitución de la Provincia de La Rioja que habilitaba la reelección del actual gobernador luego de dos mandatos cumplidos. Y el segundo es el sonado caso en que el vicegobernador Weretilneck de la Provincia de Río Negro, asumió como gobernador luego del fallecimiento del gobernador Soria completando casi la totalidad del mandato durante el periodo 2011-2015 y siendo reelecto para el periodo 2015-2019, quedando inhabilitado en esta oportunidad para una nueva reelección”, describió Aramburu, y puntualizó que en ambas causas no existió una modificación de estatus jurídico como sucedió en Tolhuin.

La Coalición Cívica apelará el fallo

Tras conocerse la decisión de la Justicia Electoral de habilitar al actual intendente de Tolhuin, Claudio Queno, a postularse para un nuevo mandato al frente del Ejecutivo municipal, el presidente de la Coalición Cívica ARI Tierra del Fuego, Tomás Bertotto, adelantó que se apelará a instancia superior el fallo del Juez Isidoro Aramburu.
El concejal por Cambiemos consideró que “Tolhuin se parece más a una monarquía que a un municipio” y lamentó la decisión de la justicia de pretender que “el intendente logre por cuarta vez la intendencia y así estar 16 años en el poder en una ciudad que es claramente clientelista donde el intendente hace y deshace a su antojo”.
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