El bloque de la UCR-Cambiemos impulsa modificar el régimen jubilatorio

Proponen actualizar las jubilaciones cada 3 meses

El proyecto busca reducir a la mitad el plazo que actualmente se aplica para la movilidad de las prestaciones previsionales de la provincia. Se sostiene que de esta manera se busca evitar “la erosión constante que las fluctuaciones económicas han ido produciendo en los haberes” de la pasividad.
23/04/2019
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n la sesión ordinaria del próximo jueves 25 tomará estado parlamentario un proyecto de ley que busca reducir de 6 a 3 meses el plazo para que la Caja de Jubilaciones aplique “la movilidad en las prestaciones previsionales de la provincia”.
La iniciativa, que apunta a modificar el artículo 46 del Régimen de Jubilaciones y Pensiones para el personal de los tres poderes del estado provincial, fue presentada por el legislador del bloque UCR-Cambiemos, Pablo Blanco.
El parlamentario sostiene que “no puede pasar inadvertidamente la erosión constante que
las fluctuaciones económicas han ido produciendo en los haberes previsionales, máxime si se
tiene en cuenta el carácter sustitutivo que deben guardar” y que “a tenor de la última de las modificaciones introducidas y en ponderación
con las concretas posibilidades del sistema”, la Caja está en condiciones económicas financieras de poder acotar el plazo para actualizar los haberes de pasividad.
Hasta enero de 2018, cuando entró en vigencia la ley 1210 que modificó parcialmente el régimen jubilatorio, la movilidad se efectuaba “en forma automática cada vez que los haberes del personal en actividad dentro de las Administraciones indicadas sufran variación”, pero el 15 de diciembre de 2017 se aprobó por mayoría, con los votos de los Bloques FPV y UCR Cambiemos, la reforma, entre otros, del artículo 46 de la ley 561 que estableció que “el haber de los beneficiarios será móvil. La movilidad se efectuará en forma semestral, en los meses de enero y julio, en base a la variación salarial promedio de los escalafones utilizados para la determinación del haber inicial, producida en el semestre inmediato anterior al mes de aplicación de la movilidad (…)”.
La propuesta de Blanco propone que el nuevo artículo 46 determine que “el haber de los beneficiarios será móvil. La movilidad se efectuará en forma trimestral, en base a la variación salarial promedio de los escalafones utilizados para la determinación del haber Inicial, producida en el trimestre inmediato anterior al mes de aplicación de la movilidad (…)”.
A mediados del mes de marzo ingresó al parlamento un asunto de particulares, respaldado por cerca de 600 firmas de jubilados, solicitando se dejará sin efecto la modificación dispuesta en materia de movilidad por ley 1210, de manera tal que se reestableciera el mecanismos de actualización automática.

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