Régimen jubilatorio docente

Buscan flexibilizar acceso jubilatorio para bibliotecarios

La propuesta presentada por el bloque legislativo UCR-Cambiemos pretende equiparar, a los fines previsionales, a los bibliotecarios que integran el sistema educativo provincial con los docentes al frente de grado. De esta manera podrán jubilarse con 5 años menos de servicios y de edad.
23/08/2019
B

ajo el argumento que los bibliotecarios que integran del sistema educativo provincial desempeñan “no sólo una tarea específicamente técnica sino que también cumple una función específica e importante en el área pedagógica, dentro del proceso de enseñanza aprendizaje”, el bloque de legisladores UCR- Cambiemos impulsa que estos sean equiparados a los docentes al frente efectivo y directo de grado.
La propuesta presentada el pasado 15 de agosto, y que tomará estado parlamentario en la sesión convocada para el jueves próximo, determina en su artículo 1º que “todos los docentes que se desempeñan en los servicios educativos de los diferentes niveles y modalidades que integran el sistema educativo previsto en la ley de Educación N° 1018, o la que en su caso la reemplace, participan activamente en el proyecto institucional, inclusive los que se desempeñen en el cargo de bibliotecario, serán considerados docentes al frente efectivo y directo de grado en los establecimientos educativos públicos de la provincia, por su participación activa dentro del proceso de enseñanza aprendizaje”.
En tanto, en el artículo 2º propone que “a los fines previsionales se encuentran dentro lo preceptuado en la ley 561, artículo 35° inciso a) sustituido por el artículo 7 inciso a de la ley 1076, al frente directo y efectivo de alumnos todos los docentes que se encuentren cumpliendo funciones en los diferentes servicios educativos de los diferentes niveles y modalidades que integran el sistema educativo provincial, previsto en la Ley provincial 1018 o las que en su caso la reemplacen, inclusive los que se desempeñen en el cargo de bibliotecario”. La modificación propuesta apunta a que los bibliotecarios con más de 10 años efectivos y directo al frente de grado en la Provincia, puedan acceder al beneficio jubilatorio ordinario al cumplir 25 años de servicios dentro del ámbito de la educación y 50 años de edad.
En la actualidad, los bibliotecarios para poder acceder al beneficio de la pasividad deben contar con 15 años de servicios docentes en la Provincia, 30 años de servicios en el ámbito docente y 55 años de edad.

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