Una ayuda para mis amigos
Asistencia financiera a Tolhuin

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Durante su breve mandato al frente del Ejecutivo provincial, el ex gobernador Arcando otorgó dos asistencias financieras no reintegrables a la ciudad mediterránea por 18 millones de pesos.
20/12/2019
E

l exiguo paso de Juan Carlos Arcando como Gobernador de la Provincia dejó algo más que la polémica por la adquisición del bastón de mando. En el último Boletín Oficial publicado por la provincia se dieron a conocer la firma de dos convenios entre el fugaz gobernador y el intendente de Tolhuin Daniel Harrington por asistencias financieras no reintegrables
El pasado 13 de diciembre Arcando firmó dos convenios con el flamante intendente de Tolhuin, Daniel Harrington. El primero fue de financiamiento y ejecución de obras y el segundo uno de asistencia financiera no reitegrable.
En el primero de los convenios, registrado bajo el N° 19.716, tiene por objeto acordar las condiciones por las cuales la provincia y la municipalidad se comprometen a financiar y ejecutar obras de infraestructura en la ciudad de Tolhuin hasta la suma de $ 16.0000.000. Se detalló que las mismas consistirán en la ampliación de la red de gas en el ejido urbano de dicha localidad.
En el artículo 2 de dicho convenio las partes acordaron que dichas obras de infraestructura serán financiadas por la provincia hasta cancelar la suma antes mencionada mientras que será la Municipalidad la que tendrá a su cargo la elaboración de los proyectos ejecutivos, los procedimientos licitatorios y demás cuestiones relacionadas a la ejecución.  
El segundo convenio fue firmado también el 13 de diciembre y quedó registrado bajo el N° 19.717 en donde se firmó el convenio de asistencia financiera no reintegrable que le permitió al municipio de Tolhuin saldar una deuda que mantenía con la provincia.
Si bien en el artículo 1 la provincia se compromete a otorgar $ 2.086.315 en asistencia no reintegrable, en el artículo 2 la Municipalidad de Tolhuin reconoce adeudar a la provincia la misma suma otorgada en concepto de anticipo de coparticipación. A partir de lo convenio es que las partes acordaron “dar por cancelados los montos” que se adeudaba por dicho concepto.

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