El abogado de Curuchet le contestó a la protectora
Causa por maltrato animal en Valle de Lobos

El abogado de Curuchet le contestó a la protectora

El doctor Alejandro Pagano Zavalía (hijo) defendió el acuerdo homologado en mediación judicial mediante el cual Walter Cayo se comprometió a pagar a Pedro Esteban Curuchet la suma de 960 mil pesos en cuotas. “La ONG denunciante desconoce el destino que mi cliente tenía pensado darle al dinero percibido -entre ellos la reparación de las instalaciones y el mejoramiento del lugar donde están los perros que sobrevivieron- con lo cual se advierte un cuestionamiento inadecuado y una crítica infundada”, sostuvo el letrado.
08/07/2020
E

l abogado Alejandro Pagano Zavalía (hijo) le respondió a los representantes de la protectora “Patitas Tolhuin” que la semana pasada cuestionaron el acuerdo al que arribaron, el procesado por maltrato animal, Walter Cayo, y el dueño de Valle de Lobos, Pedro Esteban Curuchet. Pagano Zavalía representa al propietario quien se vio perjudicado por la pérdida de perros alaskanos mientras Cayo le alquilaba el predio.
Hay que recordar que Cayo se comprometió a pagar a Curuchet 960 mil pesos en cuotas. Esto debido al daño causado por la pérdida de perros alaskanos que eran propiedad de Curuchet y que fallecieron, o terminaron en mal estado, durante el alquiler del predio por parte de Cayo.
Pagano Zavalía sostuvo que “no es cierto que se “puso precio a la dignidad de los perros” como lo manifestó la señora Susana Sosa, ni “existió retroceso en materia de protección de los animales” como equivocadamente lo sostiene el doctor Gómez. El hecho de que los perros sean reconocidos como seres que sienten no quita que, en el caso, se vieron afectados otros derechos de gran importancia”, dijo el representante de Curuchet.
En ese sentido dijo que “se arribó a un acuerdo económico que tuvo por objeto resarcir a mi cliente el señor Pedro Esteban Curuchet, por los graves daños que sufrió no solo de carácter material -por la muerte de los perros y la situación de deterioro del establecimiento que eran su medio de vida- sino moral a causa de los graves inconvenientes que el asunto le trajo aparejado, entre ellos la intensa e injusta exposición mediática que sufrió”, consideró el letrado.
El abogado sostuvo que “lejos de significar un retroceso en materia de protección de los animales, el acuerdo se celebró bajo la figura de la “reparación integral”, que como modo alternativo de resolución del conflicto penal -y consecuente extinción de la acción- está previsto expresamente en el artículo 59 inc. 6 del Código Penal”.
Pagano Zavalía (hijo) dijo que “la aplicación de los diversos modos alternativos de resolución del conflicto penal (mediación, conciliación, reparación integral, etc) persiguen reparar el daño ocasionado a la víctima del delito, restablecer la paz social y evitar someter al imputado a un proceso penal que está lejos de lograr los fines referidos. A esto apuntan las modernas corrientes del derecho, y ello fue lo buscado con el acuerdo celebrado”.
Asimismo, consideró que “la ONG denunciante, desconoce el destino que mi cliente tenía pensado darle al dinero percibido -entre ellos la reparación de las instalaciones y el mejoramiento del lugar donde están los perros que sobrevivieron- con lo cual se advierte un cuestionamiento inadecuado y una crítica infundada de la solución otorgada a la causa”.
Por ello consideró que “las declaraciones efectuadas por la ONG y su letrado no sólo evidencian un absoluto desconocimiento de la situación de hecho ventilada en la causa y los motivos que llevaron al acuerdo -que es de carácter confidencial por haber sido celebrado en el marco de una mediación- sino también del derecho penal aplicable al caso”.
Pagano Zavalía manifestó que “las imprudentes declaraciones de la ONG y su letrado dejan entrever que lo que buscaba la Asociación no era justicia para los animales, sino someter al imputado al escarnio público de un juicio oral en perjuicio del derecho a la reparación de mi representado, algo totalmente alejado de los objetivos y fines de la ley penal”.

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