La Legislatura avanza en la conformación del comité de seguimiento provincial
Convención contra la Tortura

La Legislatura avanza en la conformación del comité de seguimiento provincial

Desde la Comisión de Justicia de la Legislatura se lanzó la convocatoria para que Organizaciones de Derechos Humanos puedan inscribirse para integrar el comité de seguimiento previsto en la ley 857. También se solicitó al Poder Ejecutivo y al Judicial que designen representantes.
31/08/2021
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ara poner en funcionamiento el Comité de Evaluación del Seguimiento y Aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, desde la comisión de Justicia y Seguridad, Relaciones Institucionales, Seguimiento legislativo y Derechos Humanos se lanzó la convocatoria pública para que organizaciones de Derechos Humanos, que demuestren experiencia y conocimiento del tema, puedan presentar sus antecedentes y documentación respaldatoria en forma presencial en Mesa de Entradas de la Secretaría Legislativa de la Legislatura Provincial. El registro habilitado a tal fin estará abierto durante el mes de septiembre.
Desde la presidencia de la Comisión, a cargo del mopofista Pablo Villegas, también se solicitó formalmente tanto al Poder Ejecutivo como al Judicial que designen sus representantes en el comité creado en la ley provincial 857.
La mencionada ley resultó sancionada por unanimidad en la Legislatura a fines de octubre de 2011 y fue promulgada por el Ejecutivo, ejercido en aquél entonces por la gobernadora Fabiana Ríos, a mediados de noviembre.
Si bien la norma en cuestión estableció un plazo máximo de 120 días para que fuera reglamentada, ello no ocurrió hasta el día de hoy.
Ante la mora en la que viene incurriendo el Ejecutivo, y la propia Legislatura, y en el marco de la atribuciones conferidas por el artículo 13 de la ley 857, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos dispuso habilitar el registro de inscripción de Organizaciones de Derechos Humanos a los efectos de constituir el Comité de Evaluación del Seguimiento y Aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Para ello lanzó la referida convocatoria a inscripción, para posteriormente expedir la acreditación a las organizaciones que reúnan los requisitos exigidos en la ley para integrar el Comité.
Tal lo determina la ley, “el Comité estará integrado por 3 representantes de organizaciones de Derechos Humanos que demuestren experiencia y conocimiento del tema y que no se hayan desempeñado como funcionarios políticos en el curso de los últimos 2 años, 2 miembros del Poder Legislativo, 1 miembro del Poder Ejecutivo y 1 miembro del Poder Judicial. Los integrantes de organizaciones de Derechos Humanos serán propuestos por las mismas y aprobados por la mayoría de los miembros de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos. Todos los integrantes del Comité deberán poseer una reconocida trayectoria en la promoción y protección de los Derechos Humanos, excepto los representantes del Poder Legislativo. Durarán 2 años en sus funciones y podrán ser renovables”.
El cuerpo tiene como funciones “realizar visitas periódicas, sin necesidad de aviso previo, en días hábiles o inhábiles y en diversos horarios y con acceso irrestricto a todo el edificio de cárceles, unidades policiales y otros lugares de detención o internación”; “recibir denuncias por violaciones a la integridad psicofísica de las personas privadas de su libertad”; “realizar informes sobre las condiciones de detención en que se encuentran las personas privadas de su libertad”; “elaborar propuestas, realizar sugerencias y recomendaciones sobre políticas públicas a adoptar en la materia, sobre el mejoramiento de las prácticas carcelarias y lugares de encierro”; “realizar entrevistas y mantener comunicación personal y confidencial tanto con personas privadas de su libertad, familiares de estos u otras personas”; “realizar entrevistas y mantener comunicación con representantes de todo organismo público”; “requerir datos, estadísticas, registros, libros y documentación a los organismos públicos o entidades privadas vinculados al tema específico sobre el que tiene competencia”; “ confeccionar una base de datos con el objeto de llevar un registro sobre casos de tortura y malos tratos”; “comunicar en forma inmediata a los organismos nacionales o provinciales o funcionarios judiciales que correspondan los hechos de tortura o malos tratos que puedan conocer”; “ solicitar las medidas urgentes para brindar inmediata protección a las víctimas de tortura o aquellas personas detenidas que se encuentren amenazadas en su integridad psicofísica”; “diseñar y proponer campañas públicas de concientización sobre la problemática de las personas en situación de encierro”; “supervisar que en la educación o capacitación de personal policial o penitenciario, judicial o relacionado con las temáticas de las personas privadas de libertad, se haya erradicado toda la enseñanza o transmisión de las prácticas de tortura”; “organizar talleres, encuentros, seminarios de capacitación dirigido a agentes policiales, penitenciarios, judiciales y personal relacionado con la temática de las personas privadas de libertad”; “elaborar un informe público anual al Poder Ejecutivo, al Poder Legislativo y al Poder Judicial respecto de las tareas y actividades realizadas durante el año, sobre las condiciones de detención de las personas privadas de su libertad y sobre la realidad carcelaria y de comisarías o lugares donde haya personas detenidas o encerradas, que será expuesto en Audiencia Pública y publicado en el Boletín Oficial” y “dar a conocer en ese informe: la cantidad de lugares de encierro, su estado, la mejora introducida en el curso del último año, la cantidad de denuncias por torturas, un registro de los eventuales fallecimientos de personas privadas de libertad acaecidos en lugares de encierro, el número de sanciones administrativas o judiciales por condena por tortura o tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes; la reparación moral o material que el Estado provincial brindó a las familias de los detenidos”.
Las resoluciones emanadas del Comité tendrán carácter de recomendaciones y sus integrantes ejercerán el cargo ad honórem, pero “percibirán los viáticos y las compensaciones necesarias para el desarrollo de sus tareas de acuerdo con el Reglamento interno que se fije, como así también los que correspondan al funcionamiento, equipamiento y lo que demande las obligaciones a su cargo”.
La determinación de avanzar en la conformación del Comité Provincial de Evaluación del Seguimiento y Aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, está directamente vinculada con la visita que la semana pasada realizó a la Provincia el titular del Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, Juan Manuel Irrazábal, que mantuvo un encuentro con la vicegobernadora Mónica Urquiza y los legisladores Pablo Villegas (MPF) y Federico Greve (FORJA).

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