Consulta Pública para el recambio de cilindros de GNC
LO DISPUSO EL ENARGAS

Consulta Pública para el recambio de cilindros de GNC

El ENARGAS emitió una medida para el recambio de cilindros de GNC en vehículos. Se abrió un plazo de 30 días corridos para que cámaras empresarias y usuarios puedan hacer sus aportes, los que no tendrán carácter vinculante.
30/06/2022
E

l interventor del ENARGAS (Ente Nacional Regulador del Gas), Federico Bernal dispuso, mediante la resolución 256/22 poner en Consulta Pública la revisión de la normativa vigente sobre la certificación de recipientes contenedores de GNC para uso vehicular a instalar a bordo de vehículos automotores, así como un cronograma de sustitución de los recipientes ya instalados.
Con la actualización del compendio normativo vigente, en lo que atañe la certificación de recipientes contenedores de GNC, se busca eliminar y por ende dejar de reconocer por el ENARGAS la Norma IRAM 2526 como Documento de Aplicación para la certificación del Producto “Cilindro contenedor de GNC”.
Se invita a los Organismos de Certificación acreditados por el ENARGAS, a los Fabricantes e Importadores de recipientes contenedores de GNV, a la Cámara Argentina del Gas Natural Comprimido (CAGNC), a la Cámara Argentina de Productores de Equipos Completos (CAPEC), y al público en general, a expresar sus opiniones y propuestas.
A partir de la publicación de la resolución 256/22 en el Boletín Oficial, efectuada el 28 de junio, se encuentra a disposición de quienes quieran hacer sus aportes el expediente habilitado para tal fin, por un plazo de 30 días corridos, a fin de que efectúen formalmente sus comentarios y observaciones, los que, sin perjuicio de ser analizados, no tendrán carácter vinculante para el ENARGAS.
El expediente se encuentra a disposición para su consulta en la sede central del organismo, ubicado en Suipacha 636 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en todas las Delegaciones que existen en el país, en el caso de Tierra del Fuego, existe la ubicada en calle Thorne 721, en Río Grande.

Producción local y empleo

En la resolución dictada por el ENARGAS, se tiene en cuenta que en la actualidad ya existen fabricantes en el país que se encuentran produciendo recipientes certificados bajo las Normas ISO 11.439 y NGV2 para uso nacional y para exportación.
De esta forma, dejar de reconocer la norma IRAM 2526 e incorporar al ordenamiento la R-110 en la normativa, significaría un impulso en la industria, estimulando la fabricación a escala y la exportación de recipientes producidos en territorio nacional, a la vez que promovería el avance tecnológico local, preservando el valor agregado y el trabajo nacional.

Cantidad a desafectar

El ENARGAS fundamenta que, concluida la Consulta Pública y en el caso de optar por desafectar el total de los recipientes con más de 25 años en el transcurso de 2 años, se podría contemplar un cronograma que implique desafectar durante el primer año 112.063 recipientes producidos entre los años 1970 y 1993 inclusive, disminuyendo de esa forma la vida útil de los recipientes instalados de 52 a 29 años como máximo durante el primer año.
Durante el segundo año implicará desafectar 100.822 recipientes producidos entre los años 1994 y 1997. Concluido este segundo año no existirían recipientes en circulación, con más de 25 años de antigüedad, operando al siguiente año el vencimiento de 31.725 recipientes fabricados en el año 1998.

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