or segunda vez en menos de 1 año, el Gobierno resolvió modificar la operatoria del Régimen de Deducción de Haberes vigente para los empleados públicos provinciales. Mediante el decreto 1634, del 11 de julio, se incorporó a ese régimen al personal de los Entes Descentralizados, Autárquicos y demás Poderes del Estado Provincial que adhieran al mismo. Además se limitó el máximo a deducir al 4% del salario bruto, y únicamente para cubrir el pago de las cuotas sociales Mutuales, Cooperativas, Obras Sociales, Entidades Oficiales, Asociaciones Gremiales con personería gremial, Organizaciones no gubernamentales o Entidades privadas comerciales y de servicios. Por lo que quedan por fuera del régimen las deducciones que correspondan a empresas comerciales de servicios financieros no regulados por el Banco Central de la República Argentina.
Para que los empleados públicos puedan hacer frente a las deudas contraídas con entidades financieras no reguladas por el BCRA se mantiene vigente la posibilidad de acceder a la asistencia financiera que brinda el BTF a tasa subsidiada.
A diferencia de lo previsto en el decreto 1494, dictado el 30 de julio del año pasado y recién publicado ayer en el Boletín Oficial, se otorga “al Banco Provincia de Tierra del Fuego la administración del presente Régimen de Deducción de Haberes y la exclusividad del código de descuento”.
En 2021, el Ejecutivo con el dictado del decreto 1494 había limitado el máximo a deducir por descuento de haberes al 25% del salario bruto, había puesto en cabeza del Ministerio de Finanzas Públicas la aplicación del Régimen de Deducción de Haberes y quitado al BTF el manejo del código único de descuento, lo que había generado el rechazo de los empleados de la entidad y la realización de medidas de fuerza. El conflicto quedó superado luego de que el Gobierno se asumiera el compromiso de revisar los alcances de la normativa cuestionada.