n sesión ordinaria del Concejo Deliberante de Ushuaia, se aprobaron –con votación dividida- los nuevos lineamientos para la pre-adjudicación y adjudicación de predios ocupados irregularmente.
El proyecto remitido por el Ejecutivo Municipal obtuvo el voto del bloque Frente de Todos-PJ (Juan Carlos Pino, Laura Avila y Gabriel de la Vega); y la negativa del bloque MPF y De La Ciudad (Ricardo Garramuño, Mariana Oviedo y Javier Branca respectivamente); resultando aprobado con el desempate de la Presidencia, en ausencia del concejal Juan Manuel Romano. En el recinto legislativo, acompañó la votación el secretario de Hábitat y Ordenamiento Territorial del municipio, David Ferreyra.
La normativa fija las condiciones de regularización dominial para las parcelas que cuentan con ocupaciones irregulares, que cuenten como mínimo con: Visado de mensura, demarcación de parcela; recolección de residuos y tratamiento de aguas residuales y servidas, certificado por la autoridad municipal competente.
De acuerdo a la ordenanza sancionada ayer, si el predio cuenta con dichos requisitos se adjudicará en venta, debiendo el ocupante abonar el valor total de venta; mientras que si la parcela no cuenta con esas condiciones, se pre-adjudicará en venta y el ocupante deberá abonar el 50 por ciento del valor de la tierra, cobrándosele el 50 por ciento restante cuando el predio cuente con los requisitos mínimos mencionados anteriormente y se adjudique en venta al ocupante.
Será condición indispensable para acceder a la adjudicación de un predio municipal destinado a vivienda familiar única y permanente, que el titular, su cónyuge, conviviente o cotitular no sean o hayan sido propietarios de otro inmueble destinado a ese fin dentro de la provincia –a excepción de aquellos recibidos por herencia, donación o legado-.
De acuerdo a la normativa aprobada con votación dividida del Concejo Deliberante, los ocupantes que no se encuentren en condiciones de ser pre-adjudicatarios o adjudicatarios, y que convocados a cumplir con la documentación pertinente no lo hagan, deberán abonar un canon mensual equivalente al triple del valor del metro cuadrado; y en caso de que el predio supere los 600 metros cuadrados de superficie, abonarán un valor mensual extra equivalente al 10% del valor del metro cuadrado por cada metro adicional.
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