Las fragilidades institucionales que desnuda el corte de la fibra óptica
Incomunicados

Las fragilidades institucionales que desnuda el corte de la fibra óptica

Por: Guillermo Worman
17/10/2023
L

a reciente interrupción de las comunicaciones en la mitad del territorio de Tierra del Fuego debido a un corte intencional en la fibra óptica ha dejado al descubierto no sólo la fragilidad de la infraestructura crítica de comunicaciones en la provincia, sino también las alarmantes deficiencias del sistema de justicia que, en este caso, parece minimizar el daño causado por actos criminales.

Tras el corte de la fibra óptica en Tolhuin, que afectó gravemente a la mitad de la comunidad fueguina y puso en peligro todo el sistema de comunicación digitales (no hubo comunicaciones telefónicas, sistemas informáticos de ninguna Índole ni tampoco operaciones comerciales que no fueran en efectivo),la noticia de que los presuntos responsables recuperaron su libertad ha causado indignación y consternación en la población. 

Además, genera un grave problema de seguridad: el corte de la fibra saca de funcionamiento a las alarmas y a las cámaras de seguridad con administración y almacenamiento remoto.

A mediados de la semana pasada, previo al inicio del feriado extra largo en Ushuaia, desde la Justicia Federal se describió que las herramientas procesales sólo permiten enmarcar al corte de la fibra óptica desde el punto de vista penal como un delito leve, a pesar de las graves consecuencias sociales y civiles que el atentado  produjo, lo que constituye un desprecio flagrante por la gravedad de la situación. Según se pudo confirmar, el accionar de los tres imputados por el corte de la fibra óptica se enmarca en el artículo 194 del Código Penal, que fija responsabilidades a quien, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de tres meses a dos años 

Otro hecho significativo es que ni el gobierno provincial (que ejecutó la obra) como tampoco los municipios de Ushuaia ni de Tolhuin ni la empresa que opera el servicio se habían presentado en carácter de querellantes contra quienes realizaron el irracional corte de servicios.

El argumento de que el delito es de carácter federal debido a su impacto en los servicios públicos es válido, pero este argumento no debería usarse como excusa para minimizar la seriedad del acto. 

El corte de un cable de fibra óptica en una región remota como Tierra del Fuego no solo afecta la comunicación cotidiana, sino que también pone en riesgo la seguridad de sus habitantes, especialmente en situaciones de emergencia.

La tipificación de lo actuado, a pesar del texto del Código Penal, como un delito menor resulta inaceptable: las consecuencias sociales y económicas fueron gravísimas. Por lo tanto, tal perspectiva parece ignorar las implicaciones reales de un acto que dejó a una gran parte de la provincia sin acceso a internet y teléfonos, demostrando una falta de comprensión de la importancia de las comunicaciones en la sociedad actual.

No cabe duda alguna que la Justicia tiene la responsabilidad de actuar con firmeza y determinación cuando se enfrenta a actos que amenazan la seguridad pública y ponen en riesgo la vida de las personas. 

Por lo tanto, la decisión de liberar a los sospechosos sin un proceso judicial adecuado al daño que produjeron y proporcionar una pena que podría ser de tan solo algunos meses es incomprensible. De allí que la comunidad merece una Justicia que proteja sus intereses y garantice que los culpables enfrenten las consecuencias de sus acciones de manera proporcional.

La fragilidad al desnudo.

 

Este caso pone de manifiesto la necesidad de mejorar tanto la seguridad de la infraestructura crítica de comunicaciones en Tierra del Fuego como el sistema de justicia que debe proteger a sus ciudadanos. 

 

No podemos permitir que actos como el corte de la fibra óptica queden impunes o se minimicen desde el fuero penal por resultar insuficientes las herramientas judiciales para atacar la consecuencias de los perjuicios que se provocan.

 

Entonces, da la sensación que la respuesta institucional ha sido indulgente y que no solo minimiza la gravedad del acto, sino que también subestima su impacto desestabilizador en la vida de miles de personas.

Dimensiones que la interrupción de la fibra óptica no solo causa problemas de comunicación, sino que también impacta la seguridad, la economía y la vida diaria de las personas. Es un ataque directo a la infraestructura y a la prestación de servicios vitales de la región y su enfoque en la mitigación de la gravedad del acto es una afrenta a la integridad de Tierra del Fuego.

Por esto mismo, es esencial que se tomen medidas firmes y ejemplares para garantizar que los responsables sean debidamente castigados para reparar los daños causados y que actos similares sean prevenidos en el futuro. 

Además, se requiere una evaluación urgente y exhaustiva de las vulnerabilidades en la infraestructura de comunicaciones en la isla, junto con la implementación de medidas preventivas sólidas.

Finalmente, exhortamos a las autoridades pertinentes a abordar este asunto con la gravedad que merece y a asegurar que los responsables sean llevados ante la justicia de manera apropiada. 

 

La protección de la infraestructura crítica debe ser una prioridad indiscutible para salvaguardar la integridad y el bienestar de la comunidad en su conjunto. 

 

La seguridad de nuestras comunicaciones y de la infraestructura de Internet en Tierra del Fuego no puede quedar librada al azar ni a una Justicia que no tengo herramientas para actuar a la altura de las circunstancias.

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