La empresa fantasma acusada de operar durante el manfredottismo

Escándalo Glisud: rechazaron planteos de nulidad y prescripción presentados por uno de los acusados

Se trata del presidente de Glisud, Enrique Pinto. Argumentaba que no lo dejaron defenderse y que el delito está prescripto. Pero el Tribunal Oral rechazó ambas presentaciones y el caso se encamina al juicio que comenzará el 21 de septiembre. Investigan si la compañía, con la complicidad de funcionarios de la época, se quedó con créditos subvaluados del Fondo Residual del BTF.
19/07/2016
E

l Tribunal Oral en lo Criminal de Ushuaia rechazó un planteo de nulidad y otro de prescripción realizados por la defensa de Enrique Rolando Pinto, el presidente de la empresa Glisud SA y uno de los imputados en la causa donde se investiga una maniobra para apropiarse de créditos y propiedades del Fondo Residual del Banco de Tierra del Fuego, durante la gestión del ex gobernador Carlos Manfredotti.
La presentación realizada por el abogado Diego Cruz Estevarena, como patrocinante de Pinto, apuntaba a evitar la realización del juicio oral y público cuyo inicio está previsto para el próximo 21 de septiembre.
Además de Pinto, serán juzgados entonces los apoderados de la empresa Graciela D´adamo y Francisco Grondona, el ex titular del Fondo Residual, Gustavo García Casanovas, y el ex secretario del organismo, Néstor Sierra.
Estevarena planteó, por una parte, la “total y absoluta indefensión” de su cliente, con el argumento de que no se le permitió “materializar los actos procesales defensistas de mayor trascendencia: contestar la citación a juicio y ofrecer la prueba de descargo”.
Incluso llegó a afirmar en el escrito que, en estas condiciones, se llevaría a cabo una “parodia de juicio donde las garantías constitucionales de debido proceso e igualdad ante la ley no estarán vigentes”.
Sin embargo, los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Guillermo González, rechazaron el planteo, y afirmaron que Pinto tuvo en todo momento la oportunidad de ofrecer prueba de descargo, y que nunca careció de defensa técnica para hacerlo, ya que antes fue representado por un defensor oficial.
“Las garantías procesales que le asisten, en ningún momento se hallaron vulneradas”, aseveraron los magistrados, y explicaron que por un “error material” algunas notificaciones fueron cursadas a nombre de “Rolando Enrique Pinto” en lugar de “Enrique Rolando”, si bien el imputado “cooperó con el error sobre su identidad” al haberse identificado con el nombre erróneo en varias oportunidades, señala la resolución.
En la otra presentación, la defensa de Pinto postuló que los delitos que le adjudican estarían prescriptos, por haberse cometido hace 14 años, aunque los jueces también desecharon de plano esa posibilidad, y recordaron que el auto de elevación a juicio de 2014 interrumpió el plazo de la prescripción.
Según investigó la Justicia en la causa Nº16787, Glisud es una sociedad fundada por dos ancianas indigentes y cuya sede era un prostíbulo de Buenos Aires que se conformó para apropiarse de los créditos y de las propiedades del Fondo Residual con la presunta complicidad de las autoridades de la época.
Los acusados fueron procesados por la justicia en doble instancia, a raíz de su participación en la operatoria mediante la que Glisud se quedó con tres créditos con garantía hipotecaria, a través de un concurso público llevado a cabo el 30 de diciembre de 2002.
La Justicia demostró, en esta instancia del proceso, que la compañía pagó por la cesión de los derechos sobre esos préstamos, con 1,4 millones de bonos defaulteados tomados a valor nominal, desechando otra oferta en efectivo y “perjudicando así al Estado provincial”, según puede leerse en la acusación fiscal.
Además, el concurso estuvo repleto de irregularidades: no se fijó una base, no se le notificó a los dueños de las propiedades y Glisud no realizó el depósito de garantía del 10 % de la oferta, acusaron los fiscales.
También se comprobó que la oferta presentada por D´adamo era falsa, tanto en su firma como en el número de su documento, por lo que de allí se desprendió que había sido confeccionada en las oficinas del Fondo Residual.
Según la defensa de los acusados, la incorporación de pruebas documentales permitía demostrar que la empresa “no funcionó en un prostíbulo”, y que posee una situación fiscal regular, mientras que la declaración de las fundadoras de la compañía podría aclarar los antecedentes de su creación, señaló el abogado en los escritos que rechazó el tribunal.
Además de esta causa, otra paralela investiga un presunto lavado de activos, a propósito del origen de los fondos utilizados por Glisud para la compra de los créditos del Residual.
En ese expediente, el juez Javier de Gamas Soler ordenó la declaración indagatoria del ex vicegobernador Daniel Gallo, del propio Pinto, de D`adamo y del ciudadano uruguayo Néstor Gustavo Cardozo García, a quien se le adjudica ser un “fabricante” de empresas en Uruguay, Argentina y Panamá, entre otros países, y que está vinculado con un supuesto préstamo de 140 mil dólares a Glisud, a través de la firma uruguaya Crider Trading SA.

Cuál es tu opinión sobre la nota?
  • Me interesó
    50%
    2 votos
  • No me interesó
    50%
    2 votos