3000 pesos por tres meses para 200 beneficiarios
Ayuda económica para trabajadores de la construcción desocupados

3000 pesos por tres meses para 200 beneficiarios

El Poder Ejecutivo afectó 1,8 millones de pesos para otorgar una ayuda económica a trabajadores de la construcción que se vean afectados por la caída de la actividad en el sector durante los meses de junio a agosto. El beneficio es de 3000 pesos y alcanza a 200 personas.
20/07/2016
A

tendiendo a la solicitud formulada por la Unión Obrera de la Construcción, Seccional Tierra del Fuego, el Poder Ejecutivo implementó “el Programa de Sostenimiento del Empleo” para atender la “notable disminución que experimenta
dicha actividad en la época invernal, entre los meses de junio y agosto”.
En el considerando del decreto 1231, dictado el pasado miércoles 13, se menciona que la entidad sindical considera
“que la merma laboral a causa de la veda invernal alcanzará” a unos 250 trabajadores que quedarán durante ese lapso de tiempo desocupados, por lo que resulta procedente disponer una ayuda económica mensual equivalente “al nuevo monto del Seguro por
Desempleo anunciado por el Consejo del Salario, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la
Nación, que lo estableció en la suma de 3.000 pesos”
En tanto, en el artículo 4° del mencionado decreto se establece que el programa regirá desde el 1 de junio y hasta el 31 de agosto del
corriente año; que la cantidad máxima de beneficiarios será de 200 trabajadores y que este aporte económico “no generará relación laboral alguna entre los beneficiarios y el Gobierno Provincial”.
Para poder ser destinatario del programa los interesados deberán acreditar, como mínimo, dos años de residencia en la Provincia, tener la credencial de registración emitida por el Instituto de estadísticas y Registros de la Industria de la Construcción (IERIC), encontrarse desempleados e integrar el listado que deberá presentar ante el ministerio de Trabajo la UOCRA. Además deberán adjuntar fotocopia del Documento Nacional de Identidad, donde conste domicilio actualizado, constancia de CUIL, certificado de Residencia, certificación negativa de ANSES, fotocopia de credencial emitida por el IERIC y certificado de antecedentes.
El beneficio será “de carácter no remunerativo, mensual, nominal, individual y personal”, lo liquidará la Dirección General de Programas de Empleo y Capacitación, del ministerio de Trabajo, y será abonado “mediante cobro en ventanilla por el BTF”.
En caso de producirse la baja de algún beneficiario, podrá se cubierta con otro solicitante pero siempre y cuando no se supere el cupo máximo previsto.

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