La Justicia le ordenó al Gobierno que “cese” con la retención de aportes previsionales a los presos
Conflicto por la falta de obra social y caja jubilatoria de los internos

La Justicia le ordenó al Gobierno que “cese” con la retención de aportes previsionales a los presos

Es porque ante la ausencia de un sistema de cobertura que los contenga, los aportes sobre los peculios van a plazos fijos bancarios y no cumplen ninguna función. La jueza de Ejecución de Ushuaia ordenó el cese de las retenciones y les pidió al Poder Ejecutivo y a la Legislatura que resuelvan la situación en 90 días. La orden se cumplió y la Dirección del Servicio Penitenciario solicitó una prórroga para poder solucionar el problema que tiene “más de 10 años”.
14/06/2017
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a jueza subrogante del Juzgado de Ejecución de Ushuaia, Felicitas Maiztegui Marcó, le ordenó al Gobierno provincial que “cese” con la retención de aportes previsionales que se realiza sobre el peculio percibido mes a mes por los presos de Ushuaia  y Río Grande, a la vez que les solicitó a “los poderes Ejecutivo y Legislativo” que en un plazo de 90 días regularicen  la falta de un sistema jubilatorio para los integrantes de la población carcelaria.
Los internos cobran una remuneración mensual por las tareas que realizan “intramuros” mientras dura su detención, equivalente al 75% del “salario mínimo vital y móvil” y fijado en $4716 a partir del 1 de enero de 2015.
Las autoridades les retienen sobre ese ingreso un porcentaje de aporte jubilatorio y otro por cobertura social, aunque como no figuran como afiliados al IPAUSS, esos montos se depositan en plazos fijos que se renuevan regularmente y que no cumplen la función para la que fueron descontados.
Ante el planteo efectuado por el interno Miguel Ángel Sánchez, en la causa Nº 1929/2009, la jueza Maiztegui Marcó resolvió darle la razón al detenido y dispuso “el cese de la retención del peculio en concepto de aporte jubilatorio  del total de la población carcelaria”.
A su vez, les solicitó al Gobierno y a la Legislatura que “en el lapso de 90 días, den solución a la temática, mediante la elaboración de legislación adecuada” para cumplimentar lo dispuesto por las leyes vigentes en la materia.
Incluso le “hizo saber” a la Secretaría de Hacienda de la provincia que “los importes originados en las cuentas de plazos fijos” donde se derivan los aportes, deberán “mantenerse incólumes generando intereses, hasta tanto se resuelva el destino de dichos fondos”.
La sentencia fue dictada el 6 de marzo de este año y remitida a todas las instituciones involucradas, incluyendo a la Dirección del Servicio Penitenciario provincial que acató la orden y cesó con los descuentos, aunque pidió una prórroga de otros 90 días para solucionar el tema de la falta de un sistema jubilatorio.
La jueza de Ejecución consideró en sus argumentos que era necesario “poner fin a esta cuestión, en tanto que hace al menos diez  años que el Estado provincial retiene del peculio de cada interno, un porcentaje destinado a la jubilación pero no ha cumplido con lo exigido por la ley nacional N° 24.660”.
“Es indudable la responsabilidad del Estado en dar solución de modo urgente al destino de los descuentos, esto es, hacia una caja previsional que, específica o no, debe transparentar lo que ocurre y de tal modo, cumplirse con las disposiciones normativas que imponen dar de alta en el sistema previsional a estas personas. A ello se suma, que la retención de importes por este concepto, forma parte de un plazo fijo el que sin dudas, tampoco corresponde y deberá ser utilizado para regularizar la situación”, afirmó la magistrada.
Por su parte, la jueza recordó, en relación a los aportes por cobertura social, un fallo suyo anterior de marzo de 2016, promovido por el interno Lucas Santori, donde se ordenó (en idéntico sentido) el “cese inmediato del descuento por el rubro aportes/cobertura social”.
A su vez, el oficial jefe a cargo de la Dirección del Servicio Penitenciario, alcalde Walter Silva, informó a la Legislatura  el 17 de mayo de este año, que “dando cumplimiento al pronunciamiento judicial” (en el caso Sánchez) “se efectivizó el cese de las retenciones en concepto de aportes previsionales, informando dicha situación a la totalidad de la población penal que percibe peculio”.
Asimismo, Silva comunicó que “por la complejidad y tiempo que requiere concretarse las gestiones que conllevan la temática a tratarse”, se le pidió al Juzgado una prórroga de 90 días que fue concedida por la jueza “según un oficio judicial de fecha 15 de mayo del corriente”.

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