Pago de impuestos municipales

Malestar en contribuyentes riograndenses por la no difusión de una bonificación del 5%

Es la que se aplica en el pago del impuesto automotor, en aquellos casos de contribuyentes que no acreditaron multa el año anterior. Desde el Municipio de Río Grande no se difunde ese beneficio y solamente publicitaron la quita del 10 y 15 por ciento a buenos contribuyentes por el pago anual de los impuestos y tasas municipales.
30/01/2018
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n las últimas horas se sumaron las quejas de contribuyentes riograndenses que no son informados de la posibilidad de tener una quita de hasta el 30 por ciento en el pago del impuesto automotor, porque el Municipio de Río Grande, a través de las áreas correspondientes, no difunde el beneficio que se otorga como premio a los “buenos conductores”.
Desde Rentas de la Municipalidad se está publicitando masivamente la posibilidad que tienen los contribuyentes de contar con una bonificación del 15 por ciento por el pago anual de las tasas e impuestos, al cual se le suma un diez por ciento para el caso de los buenos contribuyentes, que no tienen deudas registradas al 15 de diciembre del año pasado.
Pero, lo que la Municipalidad ha omitido publicitar, es que los contribuyentes del pago del impuesto automotor, que no registran multas, pueden tener una bonificación del 5 por ciento como premio por resultar ser un “buen comportamiento vial”.
Las quejas de los vecinos es que ningún empleado de Rentas de la Municipalidad informa de esa posibilidad y tampoco las autoridades de esa repartición se han preocupado en hacerlo.
Lo cierto es que desde el año 2013, está en plena vigencia la Ordenanza 3133, el cual en su artículo primero fija una “bonificación en el cinco por ciento del impuesto automotor, sobre el monto devengado en el ejercicio financiero inmediato anterior, a acreditarse en el período fiscal en que se solicite la bonificación, a aquellos contribuyentes que no posean multas por infracciones de tránsito en el ejercicio anterior”.
La “bonificación se acreditará con la segunda cuota y/o anticipo del Ejercicio en curso en el que se solicite. Ante el supuesto de transferencia del automotor gravado, la bonificación del 5% quedará en cabeza del titular o titulares en sistema al momento de haberse efectivizado los pagos”.
En la Ordenanza además se aclara que la “bonificación establecida en la presente será acumulable con otras bonificaciones”, por lo tanto, aquel vecino que tiene buena conducta tributaria y buena conducta al manejar, puede contar con un descuento de hasta el 30 por ciento en el pago del impuesto automotor.
Para mayor abundamiento, el artículo de la Ordenanza 3133 indica que la bonificación del 5 por ciento se otorgará “a aquellos contribuyentes que no tengan multas en el ejercicio inmediato anterior al que se solicita y que abonen, hasta el 31 de marzo del Ejercicio en que se solicita, el monto anual correspondiente al período del Impuesto Automotor”.

Libre de deuda

Al ser consultada sobre esta herramienta legal que beneficia a los contribuyentes, la titular de Rentas de la Municipalidad tuvo que admitir que la misma está en plena vigencia, pero aclaró que desde Rentas no se hace automáticamente la deducción, porque ello se materializa cuando el vecino justifica que no tiene deudas por multas.
De esta forma, los vecinos que quieren acceder al “premio por buen conductor, tiene que tramitar ante el Juzgado Municipal de Faltas el libre de deuda; lo que tampoco ha sido bien explicado por las autoridades municipales y que lleva a que mucha gente se prive de poder tener un mayor descuento cuando paga el impuesto automotor.

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