El Gobierno no apelará
Fallo contra discriminación por edad

El Gobierno no apelará

Desde el Poder Ejecutivo se anunció que no apelara la decisión judicial que avaló el reclamo de una docente a la que el Ministerio de Educación le impedía inscribirse en el listado oficial de ingreso a la actividad por tener de 45 años de edad. Además se indicó que impulsarán la modificación de las normativas que desataron el conflicto.
12/06/2018
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l Gobierno de la provincia comunicó ayer que no apelará el recurso de amparo dictado por la Justicia Civil de Ushuaia en favor de una docente a la que el Ministerio de Educación le impedía inscribirse en el listado oficial de ingreso a la actividad porque tiene 45 años de edad.
De este modo, Andrea Susana Álvarez podrá tomar un cargo y ejercer como profesora de educación especial a pesar de que una ley provincial y una resolución ministerial no lo autorizan, porque la Justicia interpretó que tiene mayor preponderancia su derecho a trabajar y el principio de igualdad.
Luego de que EDFM informara en la víspera sobre el fallo dictado por el titular del Juzgado Civil y Comercial Nº2, Gustavo González, el Gobierno reaccionó en horas de la tarde confirmando que no recurrirá la medida y que se allanará a la resolución judicial que obliga a la Junta de Clasificación y Disciplina (dependiente del Ministerio de Educación) a inscribir a la docente en el listado.
El anuncio oficial estuvo a cargo del ministro jefe de gabinete, Leonardo Gorbacz, quien sostuvo que por instrucción de la propia gobernadora Rosana Bertone, se había resuelto “no hacer ninguna apelación”.
Gorbacz fue más allá del proceso judicial al detallar que el pedido de Bertone incluyó que “se revise la legislación (vigente en la materia) y proponer las modificaciones que sean necesarias para que no haya más este tipo de obstáculos, sobre todo en momentos en donde tenemos que generar mayores posibilidades de empleo", señaló en declaraciones oficiales.
'Si una persona se prepara y tiene capacidad para un determinado trabajo, en este caso la docencia, el hecho de tener 45 años no puede ser un obstáculo sino todo lo contrario, tiene que ser un ejemplo para todos de que uno siempre se puede superar y llevar adelante una vocación” aseveró el Jefe de Gabinete.

Trabajo y vocación

Por su parte el abogado de la mujer, Vladimir Espeche, explicó ayer que su clienta se recibió hace poco tiempo en el Instituto Provincial de Enseñanza Superior (IPES) Florentino Ameghino con un promedio de 9.15, y que era la primera vez que pretendía acceder a un cargo docente cuando se encontró con el impedimento que terminó en la Justicia.
“Se trata de alguien con una vocación impresionante. Cuando vino a verme me manifestó que a ella no le interesa ni cómo ni cuándo va a jubilarse, sino que quiere trabajar, porque estudió y esa es su vocación”, indicó el abogado en declaraciones a Radio Nacional.
Espeche recordó que en la actualidad, muchas escuelas integran a chicos con discapacidad y “necesitan este tipo de maestras especializadas, que además en este caso se encuentra en plena capacidad laboral”.
Según el letrado, el Ministerio de Educación respondió el amparo judicial “de una manera muy fría” y “fuera de lugar”, porque se limitó a citar la norma que resultaba de aplicación, pero sin contemplar el caso concreto y sin considerar aspectos como el hecho de que la resolución ministerial es del año 2000, hace 18 años.
“Este amparo es el primero de su clase en la provincia, pero a nivel nacional existen varios antecedentes e incluso hay jurisdicciones donde se ha impulsado el cambio de las normas para no incurrir en casos de discriminación por edad”, agregó Espeche.
Y sobre la futura jubilación de la mujer, luego de que se presente a un acto público y comience su carrera docente, sostuvo que “una persona se puede jubilar en la caja provincial o en una nacional, en función de la cantidad de años aportados”, aunque reiteró que el espíritu de su defendida en este momento “es trabajar, no jubilarse”.  

Supremacía de derechos

Al decidir en el amparo que ahora quedará firme, el juez González argumentó que “si bien es cierto que la amparista excede la edad para el ingreso como docente de la Provincia, no es menos cierto que el Gobierno provincial al momento de contestar el traslado (de la demanda) sólo se limitó a hacer notar esta circunstancia, sin hacer mención de cuál es el propósito por el cual el legislador estableció dicho límite de edad y no otro”.
En esa línea, el magistrado entendió que la respuesta brindada por la Junta de Clasificación y Disciplina “resulta arbitraria a la luz de la normativa que regula el derecho a trabajar y a enseñar que tiene la señora Álvarez, tutelado por la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y Tratados Internacionales”.
Por este motivo, el juez concluyó que el artículo 49 de la ley provincial 631 (que fija el límite de edad) “resulta a todas luces contrario a la Constitución Nacional y demás Tratados Internacionales ya mencionados, por atentar directamente contra el derecho a trabajar y a enseñar de la amparista”, lo que conlleva una “conducta irrazonable, arbitraria y completamente contraria a los mandatos constitucionales”, argumentó el titular del Juzgado Civil 2.
Y agregó que “de permitirse la aplicación” de la restricción por edad, se dejaría de lado el derecho de la docente a trabajar y a enseñar “en base a un parámetro que nada tienen que ver con el derecho al trabajo” y que “no se ha argumentado de qué forma podría afectar ello a terceros”.

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