Aprueban ley de “antidoping” para funcionarios provinciales
Legislatura - 5 sesión ordinaria

Aprueban ley de “antidoping” para funcionarios provinciales

El Proyecto presentado por Legisladores de los tres bloques políticos en 2016, fue aprobado sobre tablas en la sesión del viernes pasado. Para que tenga vigencia debe ser promulgada por el Ejecutivo. Tiene alcance únicamente para funcionarios del Estado Provincial. La norma invita a adherir a los Municipios.
16/07/2018
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obre tablas, y por unanimidad, los Legisladores aprobaron el proyecto de ley que establece la obligatoriedad de realización de exámenes de detección de consumo de drogas ilegales para funcionarios electos y designados de los tres poderse del estado y de los organismos de control, e invita a los municipios a adherir. De esta manera, Tierra del Fuego podría convertirse en la segunda provincia del país en contar con una normativa de estas características. La otra es Tucumán. Para que ello ocurra resta que el Poder Ejecutivo la promulgue, lo que fue asegurado por el legislador del FPV Ricardo Furlan.
La iniciativa, sancionada en la sesión ordinaria del pasado viernes por el voto de los 13 legisladores presentes (estuvieron ausentes Carrasco y Gómez del FPV), determina que es requisito para la “permanencia en los niveles políticos de la función pública, el carecer de adicción a drogas ilegales”, que el titular del Poder Ejecutivo, Vicegobernador, funcionarios de Gabinete hasta el rango de subsecretario, autoridades de entes autárquicos y descentralizados, personal superior y subalterno de la Policía y del Servicio Penitenciario, Legisladores y autoridades de Cámara, integrantes de los organismos de control hasta el rango de prosecretarios, Jueces, Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público deban realizarse de manera obligatoria “el examen de detección de metabolitos de droga en orina”.
La norma determina que dentro del plazo de 4 meses de la puesta en vigencia de la ley, los funcionarios alcanzados deberán realizarse el examen exigido, el que deberá repetirse con una periodicidad de 1 año.
La detección de consumo de drogas ilegales implicará el cese en la función para el caso de los funcionarios designados, y la suspensión o revocatoria de mandato para los funcionarios electos.
Para que la ley tenga vigencia debe ser promulgada por el Ejecutivo y dentro del plazo de 60 días hábiles posteriores reglamentada, por lo que estaría en condiciones de aplicarse a mediados del mes de octubre.

El proceso

Al momento de que los funcionarios alcanzados por la ley se realicen el examen de orina se tomarán dos muestras de orina “que deben ser selladas y firmadas por las partes”. Una de ellas será utilizada para el examen inicial. Si diera resultado positivo, el funcionario tiene derecho a exigir, dentro de los 10 días hábiles siguientes, la realización de una contraprueba para lo que se utilizará la segunda muestra.
El procedimiento de detección previsto podrá ser reemplazado por otros “en función de su mayor precisión y efectividad”.

Una duda que plantea el proyecto

La norma en cuestión establece que para los funcionarios del “Poder Ejecutivo” será autoridad de aplicación de la ley el Ministerio de Salud de la Provincia, en tanto que “el Poder Legislativo y quienes adhieran a la ley (Municipios) establecerán quien efectuará el procedimiento correspondiente”. No precisa si deberán ser laboratorios públicos o privados de Tierra del Fuego o de otras jurisdicciones, y nada dice sobre quién realizará los análisis para el Poder Judicial y Organismos de Control.
Tampoco se entiende el porqué de esta diferenciación respecto del responsable de realizar los exámenes en función del lugar del estado en el que se ejerza un determinado cargo.

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