Imputaron a Melella por delito sexual
Presuntos favores sexuales por empleo

Imputaron a Melella por delito sexual

El fiscal Mayor del Distrito Judicial Norte, Guillermo Quadrini, imputó formalmente al intendente de Río Grande el presunto delito de “abuso sexual coactivo”. También solicitó medidas probatorias, como el cruce de llamados telefónicos entre la supuesta víctima y el jefe del Ejecutivo riograndense. La actitud de Quadrini contrasta con la de su colega Pablo Candela, que intervino primero en el expediente y desestimó las otras dos denuncias por abuso sin investigarlas.
18/10/2018
E

l fiscal mayor del Distrito Judicial Norte de Tierra del Fuego, Guillermo Quadrini, imputó formalmente ayer al intendente de la ciudad de Río Grande (Forja) Gustavo Melella, del presunto delito de “abuso sexual coactivo”, en la causa judicial donde se investiga si el funcionario pidió favores sexuales a trabajadores indigentes a cambio de empleo, confirmaron a la prensa fuentes oficiales de la Justicia fueguina.
Quadrini realizó la imputación al suscribir un “requerimiento de instrucción penal” surgido de la denuncia presentada por el obrero de la construcción Mario Lovera, una de las tres presuntas víctimas de Melella que dieron testimonio de lo ocurrido en sede judicial.
El fiscal sintetizó en su pedido de investigación, que el hecho vinculado con Lovera habría tenido lugar a mediados de 2016, “en circunstancias en que el denunciante se hizo presente en el domicilio de Melella, ubicado en el barrio de Chacra II (de Río Grande) y una vez allí, el intendente lo interrogó sobre su situación laboral y le ofreció desempeñar funciones en el Municipio de esa ciudad”, sostiene el documento.  
El obrero declaró que, entonces, Melella “lo obligó a materializar actos sexuales contra su voluntad frente al temor que implicaba negarse, dada su condición de Intendente y máxima autoridad de la ciudad”.
Para Quadrini, los hechos descriptos y que forman parte del expediente “resultarían constitutivos del delito de abuso sexual bajo la modalidad de abuso sexual coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad o de poder, previsto y reprimido en el artículo 119, primer párrafo, del Código Penal”.
La Fiscalía entendió que esa figura legal lo es “sin perjuicio” de las que pudieran surgir durante la investigación.
A su vez, el fiscal le solicitó al juez de instrucción Nº 2 de la ciudad, Raúl Sahade, que en adhesión a lo solicitado por el denunciante (ya constituido en parte querellante del caso) se le pidan informes a las compañías telefónicas a las que pertenecen los teléfonos de la víctima y el imputado, “con la finalidad de comprobar si existen comunicaciones que puedan estar relacionadas con la investigación”.
También pidió un peritaje sobre el teléfono de Héctor Daldi, un empleado de planta política del Concejo Deliberante, que según Lovera actuó como emisario de Melella para ofrecerle dinero y trabajo a cambio de que retirara la denuncia.

Uno sí, dos no

En el caso de las otras dos víctimas: Alfredo Suasnabar, un trabajador de la construcción de 55 años, y Damián Rivas, un carpintero de 48, el fiscal Pablo Candela -que intervino primero en las actuaciones- desestimó la formación de una causa penal por entender que no se configuraba ni siquiera la sospecha del delito de abuso sexual.
Al respecto, la Justicia fueguina informó que ese dictamen de Candela, cuyo contenido se mantiene en secreto, se encuentra a consideración del juez Sahade, que todavía puede rechazarlo y correr una nueva vista a la Fiscalía.
Rivas testificó ante la Justicia que Melella “empezó a mandarme mensajes de WhatsApp y también me llamaba y me preguntaba si la tenía grande, en referencia al pene, porque él la quería sentir, y siempre me pedía si conocía a alguien para presentarle. Me decía que yo era un cagón y que nunca iba a hacer nada, y que no podía creer que no tenía ningún conocido para presentarle. Pero yo no iba a llevar a nadie conocido para eso".
Por su parte Suasnabar, declaró: "Un día estaba mal, era el mes de enero, no había trabajo, no tenía un peso. Y cuando uno tiene familia, busca hacer cualquier cosa. Entonces me dijo que fuera a verlo en su departamento (…) Me fui para ahí pensando en que iba a tener trabajo. Subí, me atendió el señor, y me abrazó, me besó y empezó a hacerme cosas, me bajó los pantalones y se mandó el miembro en su boca. Yo lo que hice es apartarlo, le dije 'pará, qué es lo que pasa, yo vengo por el trabajo, no por esto'. Y él me decía "entregate, papito, entregate".

Distinto criterio

El abogado Francisco Giménez, que representa a Lovera en la causa, sostuvo que “Quadrini hizo la tarea que le corresponde, el mismo día que se reincorporó a tribunales después de una licencia por enfermedad”.
“Aquí el que estuvo mal fue el juez, que por el Código Procesal Penal tenía 24 horas para girarle el caso al fiscal, y se demoró 50 días. Por eso la causa estuvo demorada y ahora se revitaliza a partir de su difusión pública”, afirmó Giménez consultado por EDFM.
De todas maneras, la actitud asumida en el expediente por el fiscal Quadrini deja en evidencia una notable deferencia de criterios con su par Candela, ya que ante denuncias similares, con un mismo presunto victimario, uno decidió que no correspondía instruir una causa por inexistencia de delito (Candela) mientras que el otro entendió lo contrario (Quadrini).
Las diferencias van más allá, incluso, de la instrucción del caso, y alcanzan a la difusión pública de sus pronunciamientos. Es que mientras la desestimación de Candela fue declarada “secreta” por la Justicia, y no se difundió con el argumento de la naturaleza sexual de los delitos investigados (o en el caso de Candela, no investigados) el dictamen de Quadrini (sobre prácticamente los mismos hechos) se difundió públicamente ayer sin ningún tipo de traba o condicionamiento.

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