Con la aprobación de la Ley 23.775, nace la provincia
26 DE ABRIL DE 1990

Con la aprobación de la Ley 23.775, nace la provincia

26/04/2023
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n la sesión de este día, la Cámara de Diputados de la Nación aprueba la Ley 23.775 que habilita el surgimiento de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Así se daba uno de los hechos más destacados de la historia institucional fueguina.

“Puesto a consideración y efectuada la votación con 198 diputados presentes, 106 lo hicieron por la afirmativa, 91 por la negativa y una abstención. El resultado en los tableros electrónicos se reflejaba en la algarabía desatada tanto en el palco oficial como en los palcos del público (…)  con la presencia de pobladores, legisladores y una comitiva oficial encabezada por el Diputado Nacional (MC) Dr. Carlos Martín Torres ubicado en el palco bandeja dentro del recinto de sesiones…“ (Adrián G. De Antueno Berisso. Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur).

El texto de la ley, pocos días después, se verá mutilado por el veto presidencial. Carlos Menem impuso el veto parcial al segundo párrafo del artículo 1°. A partir de entonces, la delimitación territorial de la Provincia de Tierra del Fuego quedó insólitamente indefinida. Así, “atravesaremos un largo período de silencio sobre nuestra delimitación marítima”.

Se debió esperar casi dos décadas hasta que se dejé atrás esa rémora, consentida por la gran mayoría de la dirigencia política de ese período, a pesar de que el Decreto 905, sostenía que “someterá a la consideración del H. Congreso de la Nación, a la mayor brevedad, un texto sustitutivo”.

El 11 de diciembre de 2009, entró en vigor la Ley 26.552, que incorporó la delimitación territorial provincial: que abarca “hasta el límite con la República de Chile, la Isla de los Estados, las Islas Año Nuevo, las Islas Malvinas, la isla Beauchene, las Rocas Cormorán y Negra, las Islas Georgias del Sur, las Islas Sándwich del Sur, otras islas, islotes y rocas situados en aguas interiores y en el mar territorial generado a partir de dichos territorios de conformidad con lo previsto en la Ley 23.968, incluidas las islas, islotes, y rocas situados al Sur de la Isla Grande de Tierra del Fuego hasta el límite con la República de Chile; los territorios situados en la Antártida Argentina comprendida entre los meridianos 25° Oeste y 74° Oeste y el paralelo 60° Sur, y las  islas, islotes y rocas situados entre los territorios que comprende la Provincia  de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur”.

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