l Juzgado Electoral de Tierra del Fuego desestimó una impugnación formulada contra el padrón de la abogacía previsto para la elección de representantes ante el Consejo de la Magistratura, en el marco del Decreto N.º 2582/25 y del Expediente Nº 2063. El planteo cuestionaba la participación de magistrados y funcionarios judiciales, argumentando que sólo deberían votar quienes pueden postularse como candidatas o candidatos.
Aunque la presentación fue realizada fuera del plazo previsto para la etapa de observaciones al padrón provisorio, el Juzgado decidió tratarla al considerar que involucraba normas de orden público y un proceso electoral de breve duración y relevancia institucional. Para ello, retomó la doctrina del precedente “Ríos” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que habilita analizar planteos extemporáneos en situaciones excepcionales.
En su resolución, el Tribunal precisó que la Constitución provincial y la Ley Nº 8 establecen diferencias claras entre los requisitos para ser representante de la abogacía ante el Consejo, que incluyen matriculación, ejercicio profesional y aptitud para integrar el Superior Tribunal, y las condiciones para integrar el padrón electoral, que exigen título habilitante y residencia mínima en la provincia. Señaló además que, en un sistema republicano, el universo de personas habilitadas para votar es necesariamente más amplio que el de quienes pueden ser elegidas.
El fallo advierte que la tesis impugnante convierte requisitos de elegibilidad e incompatibilidades propias del ejercicio de cargos judiciales en causales de exclusión del padrón, sin sustento en la Constitución provincial, en la Ley Nº 8 —y su modificatoria Nº 1187— ni en los tratados internacionales de derechos humanos. También recordó un precedente del Superior Tribunal de Justicia de 1999 que ya había validado la participación de magistradas, magistrados y funcionariado dentro del colectivo de la abogacía a estos fines, criterio sostenido desde entonces en la práctica institucional.
Con estos fundamentos, el Juzgado Electoral confirmó la validez del padrón para la próxima elección de representantes ante el Consejo de la Magistratura y dispuso las notificaciones correspondientes, manteniendo sin cambios la integración establecida.