Enmienda constitucional para habilitar la boleta única
Reforma a la ley electoral

Enmienda constitucional para habilitar la boleta única

La iniciativa propone modificar un artículo de la Constitución provincial para incorporar la boleta única de papel como instrumento de votación. El cambio debe ser aprobado por dos tercios de la Legislatura y luego sometido a referéndum popular. En paralelo, un proyecto de reforma de la Ley Electoral 201 establece cómo funcionaría el nuevo sistema.
11/03/2026
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a bancada de La Libertad Avanza volvió a poner en agenda una reforma institucional de alcance electoral para permitir la implementación de la boleta única de papel. La propuesta consiste en enmendar el inciso 7 del artículo 201, que fija las bases de la ley electoral, con el objetivo de reemplazar el esquema de boletas partidarias por estamento por un instrumento único y uniforme.

El proyecto retoma una iniciativa presentada originalmente en septiembre de 2024 que perdió estado parlamentario al no ser tratada en comisión ni debatida en el recinto. Sus impulsores sostienen que la provincia debe modernizar su sistema electoral y alinearlo con mecanismos que buscan mayor transparencia, igualdad entre fuerzas políticas y una reducción de costos logísticos y de impresión.

La reforma constitucional se apoya en el mecanismo previsto por el artículo 191 de la Carta Magna fueguina. Esa cláusula permite que la Legislatura enmiende un solo artículo de la Constitución siempre que no se altere su espíritu ni se modifiquen declaraciones, derechos, deberes o garantías. Para avanzar, la propuesta debe obtener el voto afirmativo de los dos tercios de los miembros de la Cámara.

Sin embargo, la aprobación legislativa no alcanza por sí sola, ya que la propia Constitución establece que toda enmienda debe ser convalidada mediante referéndum popular. Por ello, el proyecto prevé el Poder Ejecutivo convoque a la consulta dentro de los siete días posteriores a la promulgación y que la votación se realice en un plazo máximo de sesenta días desde esa convocatoria.

En paralelo a la reforma constitucional, se presentó un proyecto de modificación de la Ley Provincial 201 que establece el funcionamiento del sistema de boleta única de papel. La norma propone que en una sola papeleta oficial figure toda la oferta electoral de cada distrito, organizada en columnas por agrupación política y en filas por categorías de cargos.

En ese diseño, la boleta incluiría el nombre de cada partido o alianza, su número identificatorio, logotipo o símbolo partidario y los nombres de los candidatos. Para las fórmulas de gobernador y vicegobernador se prevé además la incorporación de fotografías, al igual que para los primeros candidatos a legisladores provinciales.

Cada categoría tendría un casillero para que el elector marque su opción con una cruz o señal similar, y también se incorporaría un casillero para votar lista completa. En el caso de las elecciones legislativas, el proyecto mantiene el sistema de tachas previsto en la Constitución provincial, que permite al elector eliminar candidatos de la lista elegida. Esas tachas pueden modificar el orden original de los postulantes, siempre que superen el umbral del 50 por ciento más uno de los votos obtenidos por la lista correspondiente.

La propuesta también regula cómo se contabilizan esas tachas y establece que solo se considerarán válidas cuando la voluntad del elector sea claramente identificable en la boleta.

Otro aspecto contemplado es la posibilidad de elecciones municipales simultáneas con las provinciales. En esos casos, la boleta única incorporaría también las categorías locales, como intendente, viceintendente y concejales, o autoridades comunales, según corresponda. Para facilitar la identificación de los candidatos, el proyecto prevé la inclusión de fotografías en las fórmulas ejecutivas y la publicación obligatoria de afiches con las listas completas dentro de los lugares de votación.

El texto establece además que la Justicia Electoral será la responsable de diseñar el modelo definitivo de boleta, imprimirla y distribuirla. La impresión deberá realizarse en una cantidad equivalente al padrón electoral más un cinco por ciento adicional para reposición.

El proyecto incorpora la utilización de plantillas en sistema braille para personas no videntes.

La legisladora Natalia Gracianía, única firmante de ambas iniciativas, argumenta que la boleta única reduce el gasto público asociado a la impresión masiva de boletas partidarias, evita el faltante de papeletas en el cuarto oscuro y garantiza que todas las fuerzas políticas tengan la misma visibilidad en el instrumento de votación.

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