Trabajo de Nación dispuso la conciliación obligatoria entre IFSA y la UOM
Río Grande

Trabajo de Nación dispuso la conciliación obligatoria entre IFSA y la UOM

La cartera laboral nacional determinó la conciliación obligatoria desde el viernes último y por un lapso de 15 días. De esa forma, el Ministerio de Trabajo de Nación intimó a la Unión Obrera Metalúrgica a cesar con las medidas de fuerza y a IFSA a pagar salarios atrasados y no tomar represalias contra los empleados de la firma que funciona en instalaciones de BGH.
05/12/2016
E

l Ministerio de Trabajo de la Nación dictó la conciliación obligatoria por 15 días en el conflicto entre la empresa Informática Fueguina S.A. (IFSA) y los trabajadores que comenzaron medidas de acción directa a partir de que la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) confirmó el cierre de la empresa.
Hace un par de semanas, los más de 150 empleados de IFSA iniciaron una huelga que incluyó manifestación y el montado de una carpa en el acceso a la planta de BGH, al enterarse que perderían sus puestos de trabajo a partir de la decisión del Gobierno nacional de reducir los aranceles a las computadoras exportadas y la baja del plan Conectar Igualdad, al que IFSA proveía con netbooks fabricadas en Río Grande.
Ante esta situación, el Ministerio de Trabajo de Nación dictó la conciliación obligatoria que rige desde el viernes último a las 18 y se intima a la UOM a cesar con cualquier medida de fuerza, prestando tareas de manera habitual en la empresa. Además, se recurre a IFSA para que no tome represalias contra los trabajadores y abone los salarios caídos a los empleados riograndenses.
Las intimaciones efectuadas se formulan bajo apercibimiento de aplicar sanciones contempladas en el Anexo II de la Ley 25.212, de acuerdo a sus previsiones en cuanto a tipificación de figuras punibles, criterios de graduación de las sanciones a imponer y aplicación solidaria a todos los representantes que les cupiera. Ello sin perjuicio de iniciar los procedimientos previstos en el artículo 56 de la Ley 23.551, respecto de la organización sindical.

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