El Consejo de la Magistratura define la situación del fiscal Arias
Con una estadística poco precisa

El Consejo de la Magistratura define la situación del fiscal Arias

Será a las 14 en la sede del organismo en Ushuaia. El Consejo tiene que fijar una postura sobre el desempeño del fiscal. Si bien la Presidenta del cuerpo informó sobre el total de omisiones de debate que hubo en los últimos 10 años, los consejeros no tendrían datos de cuál fue el total de causas por abuso que tramitaron bajo ese procedimiento en el mismo periodo.
16/07/2018
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l Consejo de la Magistratura de la provincia se reunirá hoy a las 14 en su sede de la avenida Alem, en Ushuaia, para definir la situación del fiscal Nicolás Arias, investigado por su polémica intervención en una causa por abuso de menores donde fue condenado un empresario.
Arias requirió la “omisión de debate” (es decir que el juicio no se hiciera) a cambio de la aplicación de una pena mínima de 3 años de prisión para el empresario Héctor Darío “el gringo” Weiss, finalmente enjuiciado de todos modos y sentenciado a 8 años de cárcel.
Ese dictamen generó una polémica con alcance nacional (varios medios de prensa de Buenos Aires se hicieron eco de la noticia) porque, entre los fundamentos de la medida, Arias mencionó como atenuantes de la condena el hecho de que Weiss “no tenía completos los estudios secundarios” y que era “único sostén de familia”.
Ambas circunstancias fueron cuestionadas por las partes querellantes en la causa, ya que el empresario maneja concesionarias de autos y una distribuidora de alimentos (por lo que su nivel de instrucción no parece un impedimento) y además no es cierto que sea único sostén de familia ya que en su entorno hay parientes directos que se desenvuelven como profesionales, según argumentaron las querellas.
El Consejo de la Magistratura, el organismo encargado de seleccionar y remover por mal desempeño a jueces y funcionarios judiciales, actuó de oficio en el caso a raíz de la presentación conjunta realizada por los consejeros legisladores, Federico Bilota (Frente para la Victoria) y Pablo Blanco (UCR-Cambiemos).
La situación de Arias se mantuvo en estudio varias semanas mientras se aguardaba la recepción de una serie de información requerida por el Consejo al Ministerio Público Fiscal, incluyendo copia íntegra del expediente judicial.
Con esos documentos en su poder, la presidenta del cuerpo, María del Carmen Battaini (también jueza del Superior Tribunal de Justicia) emitió la semana pasada el informe preliminar que indica la ley provincial 525 de jury de enjuiciamiento.
Los consejeros se reunirán hoy en sesión para definir una postura respecto del desenvolvimiento del fiscal, que en principio presenta tres escenarios distintos.
Los miembros del Consejo podrían cerrar el expediente por entender que no existe mérito para ningún tipo de sanción, entendiendo que Arias actuó de acuerdo a todos los parámetros legales, o bien podrían aconsejar el inicio de un jury por mal desempeño, para lo que deberían correrle vista al consejero que interviene como fiscal en este tipo de casos.
Sin embargo, la tercera opción, y según las fuentes consultadas por este medio, la más probable, podría ser la de rechazar el inicio de un jury (con lo que no habría riesgo de destitución) pero remitir las actuaciones al Superior Tribunal de Justicia para la aplicación de alguna sanción administrativa. En ese caso, el máximo organismo judicial de la provincia debería (como órgano de control disciplinario) iniciar un sumario administrativo para darle al fiscal la posibilidad de efectuar su descargo.

El informe de Battaini

Además, esta posibilidad está avalada por las conclusiones del informe preliminar de Battaini, adelantado por este medio en su edición del pasado martes.
La jueza no consideró que Arias deba ser sometido a un jury de enjuiciamiento, aunque admitió que el desempeño del funcionario judicial “no tuvo en cuenta” normas nacionales e internacionales.
El documento de doce páginas concluyó que al dictaminar en la causa 1842/17, el pasado 26 de marzo, el fiscal Arias tuvo una actuación “apegada al texto normativo”, pero “no tuvo en cuenta la esencia de los convenios internacionales, ni la normativa nacional que contemplan a la víctima en un marco de protección integral”.
El análisis de la jueza Battaini recuerda que si bien el funcionario judicial propuso la omisión de debate y la aplicación de una pena mínima, esa solución “no tuvo el acuerdo de las querellas, quienes además manifestaron preocupación por el accionar de Arias”.
También señala que tras realizar su correspondiente descargo, el fiscal fue reemplazado en el caso (asumió en su lugar el fiscal Eduardo Urquiza) y que el juicio se realizó de todos modos.
“Si bien los representantes de las víctimas criticaron y objetaron el acto procesal llevado adelante por el fiscal, el recorrido de este por los cauces procesales naturales, lo privó de toda eficacia, obrando el proceso como debido resguardo de sus derechos”, indica el informe.
Incluso agrega que el pedido de condena realizado por el fiscal “no arroja, en abstracto, un apartamiento deliberado de las normas legales pertinentes. Desde un plano estrictamente teórico, el encuadre jurídico penal escogido para los hechos que integraron la acusación, resultaba compatible, por su mínimo, con la figura de referencia”.
Por su parte, respecto de los fundamentos polémicos del dictamen fiscal (la falta de instrucción y el hecho de ser único sostén de familia) Battaini analizó que si bien están contemplados en la normativa vigente, “la razonabilidad de la mensuración de la pena, no dependen de una aplicación automática de las circunstancias previstas en la norma, sino de un análisis que las pondere, con sujeción a las constancias de la causa, a la luz de la naturaleza y entidad de los hechos acreditados, y de la capacidad de estas de influir en el juicio de reproche que el derecho pernal dirige al sujeto”.

Una estadística cuyos resultados pocos conocen

Otro de los temas que salió a la luz en las últimas horas es que más allá del informe efectuado la jueza Battaini, quien se inclina por no enjuiciar al fiscal Arias en su informe, es que los números estadísticos que aportó, pareciera conocerlos sólo ella. Varios Consejeros no tienen dicho informe estadístico que habla sobre la cantidad de omisiones de debate en casos de abuso que han sido solicitados por el Ministerio Público Fiscal.
Battaini mencionó que el pedido de “•omisión de debate” no constituyó una excepción dentro del accionar de la Fiscalía, ya que en los últimos 10 años, se presentaron 41 omisiones similares en causas por delitos contra la integridad sexual tramitadas en Ushuaia, y 25 omisiones del mismo tipo por casos registrados en Río Grande.
Pero más allá de estos números, hasta anoche nadie podía responder sobre qué cantidad de causas se solicitaron dicho pedido de omisión. O sea, no se sabe cuántas fueron las causas de abuso en estos últimos 10 años como para saber sobre qué base de cálculo se obtienen esos guarismos, como para determinar un porcentaje efectivo sobre si es habitual y normal, las omisiones de debate en casos de abusos, o sin efectivamente son escazas en comparación a la cantidad de expedientes que procesa la justicia penal por estos casos.
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