Emergencia habitacional–ambiental

La ley Garramuño llegó a la Legislatura

30/03/2006
C

on la finalidad de intentar un abordaje interinstitucional a la grave problemática habitacional que aqueja a la provincia, y muy especialmente a la ciudad capital, el Intendente de Ushuaia presentó ayer ante la Legislatura un proyecto de ley en el que se impulsa la declaración de la emergencia habitacional y ambiental en Tierra del Fuego.
En realidad el proyecto va más allá de la emergencia en sí misma, ya que contempla la puesta en práctica de una serie de herramientas políticas, técnicas y económicas que permitan encarar la solución a la demanda habitacional insatisfecha de manera articulada entre el Estado provincial y municipal.
La propuesta contempla la creación de una agencia de desarrollo urbano –integrada por el IPV, las Direcciones de Energía y Obras Sanitarias; las áreas de planeamiento territorial del Gobierno provincial, y los departamentos ejecutivos y deliberativos de los municipios con autonomía institucional– que actuará como un organismo de coordinación interinstitucional para atender "las problemáticas urbano ambientales y de vivienda". El organismo tendrá la responsabilidad de definir las políticas en la materia, fijando las prioridades técnicas y económicas para la producción de suelo urbanizable y la construcción de viviendas.
Además se crea el "fondo de producción de suelo urbano y soluciones habitacionales" que se constituirá con los recursos que asignen las reparticiones e instituciones que participen de la Agencia; los aportes que asignen específicamente organismo internacionales, el Gobierno nacional, el provincial o los municipios, y el producido por la aplicación de "Tasa de Producción de Suelo Urbano" que se crea en la ley. El proyecto contempla que sean contribuyentes de la tasa mencionada "los establecimientos dedicados a actividades económicas primarias, secundarias o terciarias" que sean consideradas como "grandes empresas"; "todas las personas físicas o jurídicas, de derecho público o privado, que detenten el dominio privado de predios d dentro de los ejidos urbanos, cuyas dimensiones superen los 3000 metros cuadrados libes de bosques nativos o turbales, y con una densidad de ocupación con construcciones fijas inferior al 30% de esa superficie"; "las reparticiones y organismos públicos, provinciales y municipales, como contribución patronal especial por cada agente que preste servicios como personal transitorio o permanente"; y "las empresas constructoras y viales como contribución patronal especial por cada agente que preste servicios como personal contratado, subcontratado, transitorio o permanente".
La propuesta elaborada desde el departamento ejecutivo del Municipio capitalino propone que el IPV sea el responsable de llevar un registro único de demanda habitacional para toda la provincia. Además, impulsa la conformación del Tribunal Provincial de Tasaciones para que actúe como organismo encargado de definir los valores de los predios que pudieran verse sujetos a expropiación para atender la satisfacción de la demanda de suelo urbanizable.
El proyecto hace especial hincapié en la protección de los espacios públicos, por lo que establece severas sanciones a las personas o instituciones que ocupen indebidamente espacios públicos o tierras fiscales, las que van desde la inhibición permanente de ser adjudicatario de predio fiscal o vivienda social, pasando por la inhibición temporal para desempeñarse como empleado del Estado o funcionario electo o designado, o como proveedor o contratista del Estado. 
El régimen de sanciones también alcanza a los funcionarios –electos o designados– dependientes del Estado provincial o municipal que por acción  u omisión obstaculicen el funcionamiento de la Agencia de Desarrollo Urbano, o entorpezca el cumplimiento del objetivo de la ley. Para estos casos se contempla que esos funcionarios puedan ser acusados por mal desempeño de sus funciones e inclusive ser sometidos a juicio político.

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