l Consejo de la Magistratura desestimó, en la última sesión, el pedido de jury contra el juez de instrucción de Primera Nominación del Distrito Judicial Sur, Javier de Gamas Soler. La acordada fue publicada recientemente en el Boletín Oficial, donde se dieron a conocer los fundamentos.
El pasado 10 de mayo, bajo la acordada N° 262, los consejeros María del Carmen Battaini, Roberto Frate, Nélida Lanzares, Oscar J. Suárez y
Sergio Saud desestimaron la denuncia contra De Gamas que presentaran los legisladores Manuel Raimbault, José Carlos Martínez; la diputada María Fabiana Ríos y Gustavo Longhi. Los mencionados solicitaban el enjuiciamiento del señor juez de Instrucción de Primera Nominación del
Distrito Judicial Sur, Javier de Gamas Soler, por las causales de:
inhabilidad moral sobreviniente y reiterada realización de actos de
arbitrariedad manifiesta.
Los denunciantes cuestionaban a De Gamas por su actuación como secretario del destituido juez Juan José Galeano por la actuación que tuvo en el atentado contra la AMIA. Los demandantes sostuvieron en su denuncia que "tal como resulta de público y notorio dicha causa tuvo un escandaloso manejo judicial, al punto de que comprometió la responsabilidad de la República Argentina en sede internacional, y muchos de los actores y operadores jurídicos y judiciales del mencionado expediente se encuentran actualmente siendo investigados en sede penal por la presunta comisión de delitos graves; entre ellos, el doctor De Gamas Soler", señalaron. Hasta el momento de la denuncia de Raimbault y Martínez, Galeano no había sido destituido, teniendo en cuenta que este pedido de jury data del año 2004.
Los consejeros resolvieron, en la última sesión, que "en relación a la causa de inhabilidad moral, este consejo ya ha tratado la cuestión allí denunciada
en oportunidad de considerar el pedido de destitución formulado por
el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°
11, de la Capital Federal, Claudio Bonadio. Puntualmente, en la sesión del día 31 de mayo de 2005, se dijo "...6° TEMA: ...Luego de tratado el tema
se resuelve hacer saber al Sr. Magistrado que es jurídicamente improponible la solicitud de jury contra el Sr. Juez de Instrucción de Primera Nominación Dr. Javier De Gamas Soler en los términos formulados, por cuanto no se encuentra a la fecha incurso en ninguna de las
causales contempladas en los arts. 2 y 3 de la Ley Provincial N° 525."
Que en este contexto no se ha producido modificación de las circunstancias
fácticas tenidas en cuenta a la hora de resolver como se lo hiciera
y que pudieran motivar una revisión de la decisión precitada".
Asimismo, los consejeros tuvieron otros fundamentos además de éste, aunque finalmente decidieron desestimar el jury contra el juez Javier de Gamas Soler.