Direccion de Aeronautica

Adicional salarial y escalafón

22/01/2007
E

nmarcado en el proceso de recomposición sectorial de salarios que se viene concretando desde el año pasado dentro de la Administración Pública Provincial, el Gobierno dispuso aplicar un adicional por "dedicación exclusiva" a los haberes del personal dependiente de la Dirección Provincial de Aeronáutica.
El nuevo ítem representa una mejora de 30% que es de aplicación desde el pasado 1 de enero. También se acordó que el "adicional antigüedad" sea equivalente por cada año al 2% del básico de la categoría de revista.
Además, en el mismo decreto 208/07 el Poder Ejecutivo resolvió poner en vigencia un escalafón particular para "el personal con habilitaciones aeronáuticas perteneciente a la Dirección de Aeronáutica".
La norma dictada el lunes 15, que lleva la firma del legislador Frate y de los ministros Vallejos y Berrone, refiere que "corresponde establecer un escalafón acorde a los niveles y categorías por funciones del personal aeronáutico y fijar nuevos adicionales procurando una recomposición en la escala salarial en virtud de la responsabilidad y especialidad que le compete al personal que desarrolla tareas en dicha área".

El nuevo escalafón

Desde la entrada en vigencia del decreto 208/07, la Dirección de Aeronáutica estará funcionalmente conformada por el Director de Aeronáutica (DIRAER); Jefe de Tripulaciones (JTRIP); Jefe de Ingeniería (JING); Comandante de Jet/Reactor o Helicóptero (AER I); 1er Oficial de Jet/Reactor o Helicóptero (AER II); Co-Piloto Jet/Reactor (AER III); Comandante Turbo Hélice (AER IV); 1er Oficial Turbo Hélice (AER V); Co-piloto Turbo Hélice (AER VI); Ingeniero Aeronáutico (ING); Técnico Mecánico (TEC); Mecánico Aeronáutico categoría C (MEC C); Mecánico Aeronáutico categoría B (MEC B); Mecánico Aeronáutico categoría A (MEC A); Personal con habilitación aeronáutica para atención de aeronaves en plataforma (RAMPA).
Se determinó además que el haber alcanzado por el escalafón esté integrado por el básico de categoría, 6 adicionales y un suplemento.

Desarrollo Social

Extienden el "adicional profesional social"

Los Técnicos, Técnicos Universitarios en Minoridad y Familia y Abogados que presten servicios en las áreas de Minoridad y Familia comenzarán a percibir un adicional remunerativo no bonificable, denominado "adicional profesional social", de 313 pesos al mes. Esta decisión adoptada mediante decreto 212/07 equipara a los mencionados profesionales con los agentes Asistentes Sociales, Licenciados en Servicio Social, Psicólogos y Psiquiatras, dependientes de la Subsecretaría de Acción Social, que vienen percibiendo ese adicional salarial desde diciembre de 1996.

(Más información, en nuestra edición impresa.) 


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